Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 25 de Noviembre de 2015, expediente CAF 128604/2002/CA001
Fecha de Resolución | 25 de Noviembre de 2015 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa N° 128 604/2002/CA1 “GENTILE ROBERTO CAYETANO Y OTRO C/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 Y OTROS S/ AMPARO SOBRE LEY 25.561”
Buenos Aires, 24 de noviembre de 2015.
VISTOS:
los recursos de apelación interpuestos por el Banco Central de la República Argentina a fs. 138/142 vta. y por el Estado Nacional-Ministerio de Economía a fs. 147169 vta. contra la sentencia de fs. 111/117; y CONSIDERANDO:
-
) Que los actores promovieron la presente demanda con el objeto de que declarase la inconstitucionalidad del decreto 214/02 y de la resolución 9/2002 del Ministerio de Economía y demás normas complementarias.
En consecuencia, solicitaron que se les restituyera la suma de U$S 22.682,46 que tenían depositada en un plazo fijo en el entonces Bank Boston (v. fs. 1/11 vta.).
-
) Que el señor juez de la anterior instancia admitió la acción de amparo, declaró la inconstitucionalidad de los decretos 1570/01 y 214/02 y ordenó a la entidad bancaria devolver a los accionantes la sumas reclamadas en dólares o el equivalente en pesos necesario para adquirirlos en el mercado libre de cambios al tipo vendedor (v. fs. 111/117).
Por último, impuso las costas a las demandadas vencidas.
-
) Que, contra esta última resolución, a fs. 138/142 vta., el Banco Central de la República Argentina y, a fs. 147/169 vta., el Estado Nacional-
Ministerio de Economía interpusieron sendos recursos de apelación, que fueron concedidos a fs. 170.
Corridos los traslados pertinentes, a fs. 176/187, la parte actora los contestó.
-
) Que, respecto de la cuestión planteada, resulta de aplicación, por analogía, la doctrina sentada por este Tribunal en los autos “Moscuzza Rafael c /PEN ley 25561 Dtos 1570/01 214/02 s/ amparo sobre ley 25.561”, sentencia del 20 de octubre de 2011, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razones de brevedad.
Se hace saber a los letrados que el texto de la sentencia citada se encuentra a su disposición en la Mesa de Entradas del Tribunal.
Las costas de ambas instancias se imponen por su orden en atención a las particularidades de la cuestión y a la forma en que fueron Fecha de firma: 25/11/2015 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa N° 128 604/2002/CA1 “GENTILE ROBERTO CAYETANO Y OTRO C/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 Y OTROS S/ AMPARO SOBRE LEY 25.561”
distribuidas en los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (conf. art. 68, segundo párrafo, del Código Procesal).
En virtud del acuerdo que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba