GENTILE, MONICA DIANA c/ INSTRUSOS AV CHICLANA 3626/30 Y OTROS s/DESALOJO: INTRUSOS

Fecha29 Septiembre 2020
Número de expedienteCIV 076860/2016/CA001
Número de registro289

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

76860/2016

GENTILE, M.D. c/ INSTRUSOS AV CHICLANA

3626/30 Y OTROS s/DESALOJO: INTRUSOS

Buenos Aires, de septiembre de 2020.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. La resolución que rechazó el incidente de nulidad de notificación de la demanda interpuesto por los demandados, fue apelada por la Defensoría de Menores de grado, fundando la queja la Defensora de Cámara con el memorial de fs. 181 (digitalizado el 18/9/2020).

    Allí se pide la suspensión de las actuaciones hasta tanto se procure una vivienda al grupo familiar a desalojar (ello conforme a la Res. DGN 1119/08).

    Así también, se cuestiona que al diligenciarse la cédula bajo responsabilidad de la parte actora mediante la cual se tuvo por notificado el traslado de la demanda en los presentes obrados, el oficial notificador no habría procedido en la forma impuesta por el art.

    684 inc. 1° del CPCCN.

  2. Como ya lo ha resuelto este tribunal en anteriores ocasiones, la resolución N°1119/08 de la Defensoría General de la Nación, dispuso la necesaria intervención del Ministerio de la Defensa en los procesos de desalojo de inmuebles en los que habiten menores de edad, al momento del lanzamiento, ya sea para tratar de evitar el desalojo o, en su caso, procurar se provea una nueva vivienda antes de que se haga efectivo el lanzamiento.

    La finalidad de dicha intervención es la de adoptar las medidas necesarias al momento del lanzamiento, que tengan por objeto la protección integral de los derechos de los menores reconocidos en el Fecha de firma: 29/09/2020

    Firmado por: A.M.R., PROSECRETARIA LETRADA INTERINA

    Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA

    ...

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