GENERALES / IPVYDU. EXPTE. N° 5414/440-2011 de

Número de Boletín27868
Fecha de Publicación26 de Septiembre de 2012
Número de documento167951

INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO

Expte. N° 5414/440-2011

Resolucion N° 5112

POR 1 DIA - S.M. de Tucumán, 06 de Setiembre de 2012. Resolucion N° 5112. Visto, estas actuaciones; y Considerando: que, obra en autos proyecto de modificación de la Reglamentación de Tramites de Transferencias de Viviendas Escrituradas, formulado por la Sub-Dirección del área de Recupero y Regularización Dominial; que, atento a lo solicitado y a dictamen de la Dirección del Área Legal a fs. 30, corresponde emitir el pertinente Acto Administrativo mediante el cual se haga lugar a lo ut supra.- Por ello: La Intervencion del Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano Resuelve: Art.1°.-: Excluir del régimen establecido por Resolución N° 932/2008 y sus ampliatorias, a los casos de viviendas escrituradas a favor de sus respectivos adjudicatarios.- Art.2°.-: Establecer que ante la eventual transmisión del derecho real de dominio a favor de terceros adquirentes, la reestructuración del plan de pagos del saldo pendiente se efectuará con expresa supresión de los beneficios o subsidios otorgados a favor de los adjudicatarios originales.- Art.3°.-: Establecer que a los fines de su aprobación, el convenio de pagos a celebrarse deberá ser instrumentado por Escritura Pública, extendiendo la garantía hipotecaria resultante del mismo a todo el saldo pendiente de pago a ese momento, procediendo a su correspondiente inscripción.- Art.4°.-: Disponer que en todos los casos, existiendo o no deuda vencida, deberá refinanciarse el saldo pendiente de pago de acuerdo a lo previsto por Resolución N° 4872/2011 y ampliatorias, o la que en un futuro la reemplace.- Art.5°.-: Disponer que en los casos en que la Escritura Hipotecaria prevea una tasa de interés financiero que no fuera fija, en el convenio de pagos a...

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