Resolución general Nº 9

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RESOLUCIÓN GENERAL Nº 9
Córdoba, 25/06/2013
Visto: La Resolución General Número Uno (Resolución General N° 1), de fecha
veintinueve del mes de Abril del año Dos Mil Once (29/04/2011), dictada por la Direc-
ción del Registro General de la Provincia de Córdoba (B.O. 05/05/2011) que en sus
artículos 1.1, 1.2, 1.3 y 1.4 [bajo el acápite: “Peticiones y peticiones normatizadas –
Formularios WEB”, del Capítulo I: “De la presentación”, del Título I: “Reglamento
Registral” del Anexo I de la referida resolución] reglamenta lo relativo a la forma de
realizar la rogación de prestación de servicios registrales, aprobando los formularios
normatizados adoptados a tal fin; y que —asimismo— en sus artículos 29.2 y 79, 81
y 84 —subsiguientes y concordantes— reglamenta quienes están legitimados y en
qué condiciones para requerir la prestación de servicios registrales. La Resolución
113 dictada por el Ministerio de Finanzas con fecha seis del mes de agosto del
año dos mil cuatro (06/08/2004), B.O. 09/08/2004, por la que dispone que el Regis-
tro General de la Provincia debe mantener su cuerpo normativo actualizado de ma-
nera constante y permanente. El Decreto Nº 379, dictado por el Poder Ejecutivo Pro-
vincial con fecha diecisiete del mes de mayo del año dos mil doce (17/05/2012), y el
Memorandum Nº 39, de fecha veintisiete del mes de junio del año dos mil doce (27/
06/2012), dictado por la Dirección del Registro General de la Provincia.
Y considerando:
I) Que la Resolución Nº 113 dictada por el Ministerio de Finanzas con fecha seis
del mes de agosto del año dos mil cuatro (06/08/2004), B.O. 09/08/2004, instruyó a
este Registro General a los fines de la reorganización, sistematización y ordenamien-
to de las normas reglamentarias vigentes que se encontraran vinculadas a su activi-
dad específica, reemplazándolas por un único cuerpo normativo concentrador de las
disposiciones que regirán para el futuro en toda la Provincia. Estableció, asimismo,
en su artículo cuarto que la Dirección debía arbitrar las medidas conducentes a man-
tener el nuevo cuerpo normativo actualizado de manera constante y permanente.
II) Que por Resolución General Número Catorce (Resolución General Nº 14) de
fecha veinte del mes de diciembre del año mil novecientos noventa (20/12/1990) se
declaró obligatoria a partir del uno del mes de abril del año mil novecientos noventa y
uno (01/04/1991) la petición de prestación de servicios registrales mediante formu-
larios normatizados, aprobándose entonces los siguientes: 1) carátula rogatoria, A-
solicitud de inscripción; 2) B- solicitud de cancelación; 3) C- solicitud de anotación
de boletos de compraventa; 4) D- solicitud de anotación de medidas cautelares; 5)
E- solicitud de certificado; 6) F- solicitud de informe; 7) G- solicitud de informe judicial
o administrativo; 8) H- solicitud de informe judicial con anotación preventiva para su-
basta; 9) I- solicitud de búsquedas; y 10) Anexos Nº 1, Nº 2, Nº 3, Nº 4, Nº 5 y Nº 6.
III) Que en el Reglamento Registral de la Normativa Técnico - Registral actual-
mente en vigor (Resolución General Nº 1/2012), más precisamente en el artículo
1.2 de este cuerpo reglamentario, se aprobaron oportunamente nuevos formularios
normatizados, tanto en formato WEB, como en soporte documental.
IV) Que en esta instancia se entiende pertinente actualizar y complementar la
nómina de formularios normatizados, incluyendo los siguientes, a saber: 1) Conver-

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