Resolución General 631/2014

Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2014



COMISION NACIONAL DE VALORES

Resolución General 631/2014

Cooperación en Materia Tributaria entre la República Argentina y otros Países.

Bs. As., 18/9/2014

VISTO el Expediente Nº 2266/2014 del registro de la COMISION NACIONAL DE VALORES caratulado: “ACCIONES DE COOPERACION EN MATERIA TRIBUTARIA ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTROS PAISES”, y

CONSIDERANDO:

Que en el ámbito del mercado financiero en general y con alcance transnacional se verifica, desde el marco de la ORGANIZACION PARA LA COOPERACION Y EL DESARROLLO ECONOMICO (OCDE), consenso para que los países asuman el compromiso de colaborar en el suministro recíproco de información sobre materia tributaria, lo que se vincula coincidentemente con el objeto de la “Ley de cumplimiento fiscal de cuentas extranjeras” de los Estados Unidos de América.

La transmisión recíproca de información, como la aplicación de determinadas pautas de diligencia debida, resultan objetivos dirigidos al debido ordenamiento de la actividad de los mercados y de quienes desarrollan actividad en los mismos, lo que se encuentra particularmente correlacionado con la política nacional sobre la cuestión.

En ese sentido se registra como antecedente la Comunicación “A” 5581 emitida por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (BCRA) cuyo contenido se aprecia indicado reiterar adecuando los términos al régimen previsto en el mercado de capitales para, de tal modo, uniformar el entendimiento que debe acordarse a las disposiciones en beneficio de la implementación efectiva y eficiente de los nuevos procedimientos.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos y 19 de la Ley Nº 26.831 y por las Leyes Nº 24.083 y Nº 24.441.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE VALORES

RESUELVE:

Artículo 1°

— Establecer que, en el marco del compromiso que ha asumido la República Argentina a través de la suscripción de la “Declaración sobre intercambio Automático de Información en Asuntos Fiscales” para implementar tempranamente el nuevo estándar referido al intercambio de información de cuentas financieras desarrollado por la ORGANIZACION PARA LA COOPERACION Y EL DESARROLLO ECONOMICOS (OCDE), adoptada en la Reunión Ministerial de esa Organización de fecha 6 de mayo de 2014 y las disposiciones vinculadas a la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (“Foreign Account Tax Compliance Act” FATCA) de los Estados Unidos de América, los agentes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR