Resolución General 625/2014

EmisorComision Nacional de Valores
Fecha de la disposición18 de Junio de 2014



COMISION NACIONAL DE VALORES

Resolución General625/2014Agentes de Control y Revisión.

Bs. As., 18/6/2014

VISTO el Expediente Nº 1878/2014 caratulado “Proyecto Resolución General s/Agentes de Control y Revisión”, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Mercado de Capitales Nº 26.831 aprobó un nuevo régimen regulatorio de la oferta pública, facilitando un moderno sistema destinado a regular en forma integral todo lo referente a la oferta pública de valores negociables.

Que el artículo 1° de la referida ley señala entre los objetivos y principios fundamentales que la informan, y deberán guiar la interpretación de ese ordenamiento, sus disposiciones complementarias y reglamentarias, el de fortalecer los mecanismos de protección y prevención de abusos contra los pequeños inversores, en el marco de la función tuitiva del derecho del consumidor.

Que desde la sanción y promulgación de la Ley Nº 24.441, la difusión del fideicomiso se distinguió por su creciente utilización en la vida de nuestro país, lo que incluye a los fideicomisos financieros autorizados a ofrecer públicamente los respectivos valores fiduciarios, situación que demanda la implementación de recaudos que resulten adecuados para la protección de los inversores.

Que en dicho marco, las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), aprobadas por la Resolución General Nº 622/2013, han impuesto a los fiduciarios, sin menoscabo de las obligaciones y responsabilidades que la Ley Nº 24.441 y dichas NORMAS (N.T. 2013 y mod.) les imponen respecto de la adquisición, conservación, custodia, cobro y realización de los bienes fideicomitidos, el deber de designar un Agente de Control y Revisión de los activos subyacentes de los fideicomisos y del flujo de fondos que generan.

Que requiriéndose para el desarrollo de dichas labores conocimientos técnicos profesionales, corresponde establecer los requisitos mínimos de idoneidad, experiencia e independencia que deben reunir los profesionales que intervengan en el carácter de Agente de Control y Revisión de los fideicomisos financieros autorizados a la oferta pública.

Que en tal sentido, tratándose de profesionales en Ciencias Económicas, la Ley Nº 20.488 otorga a los Consejos Profesionales la facultad, entre otras, de certificar las firmas y legalizar los dictámenes expedidos por los profesionales matriculados, siendo que dicho acto de autenticación de firma en dictámenes, informes y certificaciones le otorga a dichos documentos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR