Resolución General 3523

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición28 de Agosto de 2013



Administración Federal de Ingresos Públicos

EXPORTACIONES

Resolución General3523Cueros y pieles en bruto de la Partida 41.01 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. Aduanas especializadas.

Bs. As., 28/8/2013

VISTO la Resolución General Nº 1.399, y

CONSIDERANDO:

Que la citada resolución general aprobó las normas relativas a la participación presencial de entidades privadas en la verificación efectuada por el servicio aduanero en las destinaciones de exportación de cueros.

Que representantes del sector privado, incluidos en la nómina prevista en el Anexo III de la aludida Resolución General Nº 1.399, efectuaron determinados planteos con relación al incremento de las exportaciones de cueros salados sin procesamiento industrial.

Que en virtud del análisis realizado y en concordancia con las pautas establecidas por la Organización Mundial de Aduanas (OMA) se estima conveniente adoptar medidas relativas a las destinaciones de exportación que involucren mercaderías consideradas escasas y sensibles, evitando producir demoras injustificadas en la cadena logística del comercio exterior.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

— Las destinaciones de exportación de las mercaderías...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR