Sentencia de SALA III, 16 de Septiembre de 2015, expediente CCF 000353/2012/CA002

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2015
EmisorSALA III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 353/12/CA2 “Genda S.A. c/ E.G.L. s/

acción de reivindicación”

Buenos Aires, 16 de septiembre de 2015.

AUTOS Y VISTOS:

Contra los honorarios regulados en la sentencia de fs. 383/385, se presentaron los siguientes recursos: Por Altos: 1°) a fs. 386, por la parte demandada; Por Bajos: 2°) a fs. 388, por el doctor J.P.M.; 3°) a fs. 389, por la doctora G.I.M.; y, 4°) a fs. 390, por M.O.F..

Teniendo en cuenta el mérito, la eficacia y extensión de los trabajos realizados, la etapa cumplida, el modulo fijado por el Tribunal para los letrados vencedores en este tipo de juicios (ver causas n° 5.333/2005, nº 7.288/2003 y n° 3.212/2003, todas ellas falladas el 20.05.2010 y causa n° 8027/07 del 1.7.14) y la actualización que corresponde hacer de dicho módulo dado el tiempo transcurrido, se confirman los honorarios regulados a los doctores J.P.M. ($16.000); G.I.M. ($6.000); y, M.O.F. ($800) (arts. 5, 6, 8, 36 y 37 de la ley 21.839 DJA ley 26.939).

H. saber a los letrados la vigencia de las acordadas CSJN n° 31/11 y 38/13 -B.O. 17.10.13-.

El Dr. A. no suscribe...

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