Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 18 de Agosto de 2017, expediente FSA 021000089/2011/CA001

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I “GEMIO, V.E. c/ ESTADO NACIONAL - MIN. DE SEGURIDAD -

GENDARMERIA NACIONANL s/EXPEDIENTES CIVILES - HONORARIOS”

-EXPTE. N° FSA 21000089/2011/CA1-

-JUZGADO FEDERAL DE SALTA N° 2-

ta, 18 de agosto de 2017.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 359.

CONSIDERANDO:

  1. Vienen las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación deducido por la apoderada legal del Estado Nacional-Gendarmería Nacional, en contra de la resolución de fecha 4/04/2017 (fs. 357/vta.) por la que el J. de la instancia anterior fijó los honorarios del Dr. P.D. por su actuación individual en la primera etapa del pleito en la suma de $ 10.123,41 (pesos diez mil ciento veintitrés con 41/100) y por su actuación conjunta con el Dr. P.E.G. en la suma de $ 192.344,78 para ambos letrados (pesos ciento noventa y dos mil trescientos cuarenta y cuatro con 78/100) por el proceso principal y la de $ 70.863,94 para los dos (pesos setenta mil ochocientos sesenta y tres con 94/100) por la etapa de ejecución de sentencia.

    La recurrente se agravió de la cuantía de los honorarios regulados por considerarlos altos al no guardar relación proporcional con la labor desarrollada en el proceso.

    Fecha de firma: 18/08/2017 Firmado por: E.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.D.S., SECRETARIA DE CAMARA #4145159#186009010#20170818120925822 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I Corrido el traslado de ley los letrados de la actora lo contestaron a fs. 361/362 y vta., propiciando la confirmación del auto regulatorio de fs.

    357/vta.

  2. Que en el caso en análisis, el proceso de daños y perjuicios fue iniciado en fecha 28/03/2011 por el señor V.E.G. en contra del Estado Nacional-Ministerio de Seguridad-Gendarmería Nacional, con el objeto de que se reparen los daños ocasionados por las lesiones sufridas en un accidente mientras se encontraba prestando servicios para la demandada (fs.1/21 y vta.).

    La sentencia de primera instancia hizo lugar en todas sus partes a la demanda, condenando a la accionada a que abone al actor la suma de $

    380.000 en concepto de capital, con más sus intereses a la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina, a contar desde la fecha de producción del daño hasta su efectivo pago, imponiendo las costas a la vencida (fs. 229/234 y vta.).

    Luego, a fs. 283/293 y vta. esta Cámara -como Sala única- rechazó

    el recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs. 247/253, confirmando la sentencia de primera instancia del 26/11/2013 en lo relativo a la atribución de responsabilidad al Estado Nacional y a la imposición de costas; y haciendo lugar parcialmente al recurso deducido por la actora a fs. 239/245, elevó el monto total indemnizatorio a la cantidad de $...

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