Expediente nº 14642/39 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 13 de Octubre de 2017

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2017
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios

E.. n° 14642/17 "GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: M., V.I. y otros c/ GCBA y otros s/ empleo público (excepto cesantía o exoneraciones)"

Buenos Aires, 13 de octubre de 2017

Vistos: los autos indicados en el epígrafe;

resulta:

  1. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, GCBA) dedujo recurso de queja ante el Tribunal (fs. 88/97 vuelta) contra la resolución de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T. que declaró inadmisible su recurso de inconstitucionalidad.

  2. En el caso, V.I.M., S.A.R.I., P.C.B., M. delC.R., G.S.R., N.E.D.F., M.C.L. y A.G.O., en su carácter de docentes o que se han desempeñado como docentes, promovieron demanda contra el GCBA -Ministerio de Educación- a efectos de que se reconociese el carácter remunerativo de los suplementos "material didáctico" -rubro 093-, "material didáctico mensual" -rubro 493- y "material didáctico del bicentenario" -rubro 397- y, por ello, que se declarase la inconstitucionalidad de los decretos nº 751/04, nº 547/05 y nº 1294/07 en tanto establecen el carácter no remunerativo de tales adicionales. Solicitaron que tales percepciones se incorporasen al haber básico, que se abonasen las diferencias salariales en concepto de sueldo anual complementario que resultasen de la inclusión de los referidos suplementos en el sueldo básico y que se efectuasen los correspondientes aportes y contribuciones previsionales, todo ello desde los 5 años anteriores a la promoción de la demanda hasta la presentación del informe pericial contable ofrecido como prueba (fs. 3/29 vuelta).

    Contestado el pertinente traslado (fs. 30/42), la jueza de primera instancia -en lo que aquí interesa destacar- hizo parcialmente lugar a la demanda, reconociendo carácter remunerativo a los identificados como n° 093 y nº 493 por los cinco años anteriores a la promoción de la demanda y por el período en que los actores se encontrasen en actividad, ordenó al GCBA que abonase las diferencias salariales resultantes y declaró la inconstitucionalidad de los decretos n° 751/04, nº 547/05 y nº 1294/07 (fs. 44/51 vuelta).

    El GCBA apeló y expresó agravios (fs. 52/60).

    A su turno, la Sala I resolvió declarar parcialmente desierto el recurso de apelación y rechazarlo en lo relativo a la declaración de inconstitucionalidad efectuada por la magistrada de primera instancia y a la imposición de costas (fs. 66/68 vuelta).

  3. Contra esa decisión, el GCBA interpuso recurso de...

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