Expediente nº 13200/82 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 30 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2016
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios

E.. n° 13200/16 "GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: L.P., E. c/ GCBA s/ amparo (art. 14 CCABA)"

Buenos Aires, 30 de noviembre de 2016

Vistos: los autos indicados en el epígrafe, resulta:

  1. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se alza en queja (fs. 2/11) contra la resolución interlocutoria del juez de primera instancia que denegó el recurso de inconstitucionalidad que había dirigido -según surge del relato de fs. 2 y 4- contra el rechazo de su planteo de citación del Estado Nacional como tercero obligado a este juicio.

  2. Requerido su dictamen, el F. General Adjunto (fs. 106/107 vuelta) propició que se rechace la queja.

    Fundamentos:

    Los jueces A.E.C.R., J.O.C., A.M.C. e I.M.W. dijeron:

    Sin perjuicio de la diferente vía por la que la situación planteada en autos llega a consideración del Tribunal -pues esta causa viene a su conocimiento en razón de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado- en autos se debate una cuestión sustancialmente análoga a la resuelta in re: "V., J.R. y otros c/ GCBA s/ amparo s/ recurso de inconstitucionalidad concedido", expte. n° 13310/16, sentencia suscripta el 28 de octubre de 2016.

    Las características relevantes del tema resuelto (debidamente señaladas en esa decisión) y la necesidad de dar seguridad jurídica a la doctrina del Tribunal respecto de la cuestión referida a la citación o no del Estado Nacional como tercero en este tipo de procesos, aconseja dejar de lado los ápices procesales advertidos por el F. en su dictamen.

    Ante esa situación, nos remitimos -en lo pertinente- a las razones y a la solución que dimos en nuestros respectivos votos en esa oportunidad, para lo cual deberá agregarse copia de esa decisión a la presente sentencia.

    El juez L.F.L. dijo:

    Conforme surge del relato de los "resulta", en autos se debate la cuestión referida a la citación o no del Estado Nacional como tercero en este tipo de procesos, la que resultaría sustancialmente análoga a la resuelta in re: "V., J.R. y otros c/ GCBA s/ recurso de inconstitucionalidad concedido", expte. n° 13310/16, sentencia suscripta el 28 de octubre de 2016, si, efectivamente, de las constancias de la causa (que no fue requerida por el...

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