Expediente nº 13097/50 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 3 de Agosto de 2016

Fecha03 Agosto 2016
Número de expediente13097/50

E.. nº 13097/16 "GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: B.E. c/ GCBA y otros s/ amparo"

Buenos Aires, 3 de agosto de 2016

Vistos: los autos indicados en el epígrafe;

resulta:

  1. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante GCBA) acude en queja ante este Tribunal (fs. 5/16 vuelta), a fin de sostener el recurso de inconstitucionalidad que oportunamente dedujera contra la sentencia de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T. que rechazó el recurso de apelación interpuesto por su parte (fs. 109/112), modificando en parte la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la acción de amparo, para adecuarla a lo expuesto por este Tribunal en el precedente "K.M.P.". Así, condenó al GCBA "… a que adopte los recaudos necesarios para presentar, en el plazo que indique el juez de grado, una propuesta para hacer frente a la obligación de brindar a la parte actora un alojamiento que reúna las condiciones adecuadas a [su] situación… " (fs. 112).

  2. Para resolver de este modo, la Sala II consideró que la parte actora, un hombre de 48 años sin contención social, que vive con HIV y hepatitis B y C, cumplía con los requisitos del artículo 23 de la ley nº 4036, dando por configuradas la discapacidad y la situación de vulnerabilidad social.

  3. El GCBA, en su recurso de inconstitucionalidad (fs. 113/122 vuelta), se agravió -en primer lugar- de que el tribunal a quo hubiera prescindido de las constancias de la causa, sosteniendo que, dado que la actora ya había sido beneficiada por el subsidio correspondiente al decreto n° 690/06, su parte ya habría satisfecho sus obligaciones. En segundo lugar, adujo que la Cámara interpretó la ley de forma elusiva, considerando erróneamente la ley n° 3706, escondiendo así una decisión fundada sólo en la voluntad de los jueces. En tercer lugar, dijo que la resolución bajo examen invadía la zona de reserva de los poderes legislativo y ejecutivo. Finalmente, en cuarto lugar, protestó la imposición de costas.

  4. La Sala II denegó el recurso de inconstitucionalidad en base a que, a su entender, no se configuraba en el caso una cuestión constitucional clara y precisa, y a que las afectaciones de tal carácter invocadas no guardaban relación directa e inmediata con lo decidido. En cuanto al agravio deducido en torno a la supuesta arbitrariedad de su fallo, la Cámara entendió que se fundaba en la mera disconformidad del recurrente con la interpretación...

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