Expediente nº 12100/62 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 15 de Junio de 2016

Fecha de Resolución15 de Junio de 2016
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios

E.. nº 12100/15 "GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denega-do en: P.V.A. y Otros c/ GCBA s/ daños y perjuicios (Excepto Resp. Médica)"

Buenos Aires, 15 de junio de 2016

Vistas: las actuaciones indicadas en el epígrafe, resulta:

  1. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (en adelante CGBA) interpuso recurso de queja por ante el Tribunal (fs. 56/68 vuelta) contra la declaración de inadmisibilidad de su recurso de inconstitucionalidad dictada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T. (fs. 55 y vuelta); este último deducido a su vez contra el decisorio por el que dicha S. confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia (fs. 25/37) que rechazó la defensa de prescripción opuesta por la demandada y la condenó al pago de $ 400.000 al constatar la existencia de una falta de servicio en el Hospital General de Agudos Parmenio Piñero cuando no se puso a disposición de los actores los profesionales médicos que se requerían para la atención de una emergencia frente a un parto patológico (fs. 1/13)

  2. La Fiscalía General -en lo que aquí corresponde destacar- opinó que el recurso deducido debería ser rechazado por no satisfacer la presentación efectuada el requisito de autosuficiencia. Señaló que habiendo sido debidamente intimado, el GCBA no acompañó la documentación oportunamente requerida para sostener su recurso. Afirmó que "… entre las piezas presentadas, el GCBA acompañó copia de la cédula que le notificó la resolución que denegó el recurso de inconstitucionalidad; pero no presentó copia de la cédula que acreditaba la interposición en término del mencionado recurso, tal como lo había ordenado el Tribunal a fs. 70 vta." (v. fs. 174 vuelta). Por su parte, la Asesoría General Tutelar también propició rechazar la queja (fs. 161/170).

    Fundamentos:

    La juez I.M.W. dijo:

    El recurso directo del GCBA no resulta formalmente admisible, y en consecuencia, debe ser rechazado.

    En lo que ahora corresponde decidir y tal como lo destaca la Fiscalía General, encontrándose debidamente notificada (fs. 72/vta.) la recurrente adjuntó parte de la documentación que le fuera requerida pero omitió acompañar, entre otras, las constancias que acreditan la interposición en término de su recurso de inconstitucionalidad, esto es: (a) la cédula de notificación de la sentencia de Cámara que rechazó su recurso de apelación, y (b), el escrito de su recurso de inconstitucionalidad interpuesto con el cargo de recepción de la...

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