Expediente nº 12276/75 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 10 de Febrero de 2016

Fecha10 Febrero 2016
Número de expediente12276/75

E.. n° 12276/15 "GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: GCBA s/ queja por apelación denegada"

Buenos Aires, 10 de febrero de 2016

Vistos: los autos indicados en el epígrafe, resulta:

  1. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (en adelante, GCBA) interpuso recurso de queja (fs. 7/13 vuelta) contra la decisión de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T. que declaró inadmisible su recurso de inconstitucionalidad.

  2. En autos, la Sra. M.A.A. promovió acción de amparo contra el GCBA con el objeto de obtener una solución habitacional definitiva y permanente que sea acorde a lo dispuesto en el bloque de constitucionalidad federal y local, que reconocen y tutelan el acceso a una vivienda segura y adecuada, y en resguardo de sus derechos constitucionales a la vida, la salud y la dignidad, hasta tanto cesara su estado de necesidad (fs. 2/27, Expte A 8501-2014/2, al que corresponde la foliatura citada a continuación, salvo indicación expresa).

    El GCBA contestó demanda (fs. 28/41 vuelta) y solicitó, entre otras cuestiones, que se dispusiera la citación como tercero obligado en juicio del Estado Nacional "… a fin de que coadyuve a la búsqueda de una solución a la problemática que supuestamente padecería la amparista, ya que la actora denuncia una situación, que, por su naturaleza, [lo] involucra…" (fs. 31).

  3. El juez de primera instancia desestimó la petición en tanto la consideró carente de sustento (fs. 42/44 vuelta).

    Disconforme, el GCBA interpuso recurso de apelación (fs. 45/48 vuelta).

    El magistrado denegó la concesión del recurso por no tratarse de una decisión apelable, de acuerdo con el art. 20 de la ley n° 2145 (fs. 49). El GCBA, entonces, acudió en queja ante la Cámara (fs. 51/55), la que rechazó el recurso con el mismo argumento (fs. 61 y vuelta).

  4. Frente a esta resolución, el GCBA dedujo el recurso de inconstitucionalidad (fs. 67/72 vuelta) que fue denegado por la Cámara (fs. 77/79); y motivó la presentación de la queja ante el Tribunal.

  5. Requerido su dictamen, el Sr. Fiscal General propició hacer lugar a los recursos de queja y de inconstitucionalidad y reenviar las actuaciones a la Cámara de Apelaciones para que la Sala interviniente dicte un nuevo fallo conforme a derecho (fs. 19/22 vuelta, de la queja).

    Fundamentos:

    La jueza A.M.C. dijo:

  6. La queja planteada por el GCBA debe ser rechazada.

  7. Es sabido que el recurso de inconstitucionalidad procede contra las sentencias definitivas del tribunal superior de la causa y que, además, -por tratarse de un amparo- debe interponerse dentro del plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la resolución que lo motiva (art. 22 ley 2145). Este plazo reviste carácter perentorio y no se interrumpe ni suspende por la interposición de otros recursos declarados improcedentes [en similar sentido, para el recurso de queja "Bujman Adela s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Bujman Adela c/ GCBA s/ empleo público (no cesantía ni exoneración)", expte n° 2498/03, resolución del 18/12/03 y "GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en D

    El recurso de inconstitucionalidad planteado por el GCBA, y la queja que lo defiende ante este estrado, persiguen obtener la revisión de la decisión de primera instancia que rechazó la citación del Estado Nacional en calidad de tercero obligado, pronunciamiento que, de acuerdo con el art. 20 de la ley 2145, resulta inapelable.

    Ahora bien, el GCBA recién planteó el recurso de inconstitucionalidad luego de que la Cámara rechazara su queja por recurso de apelación denegado.

    Esta articulación de recursos inadmisibles (en el caso, apelación y queja por la denegatoria de ese recurso), afectó la temporaneidad del recurso de inconstitucionalidad planteado...

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