Expediente nº 12572/54 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 9 de Diciembre de 2015
Fecha | 09 Diciembre 2015 |
Número de expediente | 12572/54 |
E.. 12572/15 "GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denega-do en: GCBA s/ queja por apelación denegada"
Buenos Aires, 9 de diciembre de 2015
Vistos: los autos indicados en el epígrafe, resulta:
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El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (en adelante, GCBA) interpuso recurso de queja (fs. 4/10 vuelta) contra la decisión de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T. que declaró inadmisible su recurso de inconstitucionalidad.
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En autos, H.L.B. y A.R.M., ambos por derecho propio, promovieron acción de amparo contra el GCBA con el objeto de que se le ordenara la presentación de una propuesta de alojamiento (fs. 1/26 vuelta del expte. A47638-2014/2, al que corresponde la foliatura citada a continuación, salvo indicación expresa).
El GCBA contestó demanda (fs. 27/41) y solicitó, entre otras cuestiones, se disponga "(…) la citación como tercero obligado en juicio del Estado Nacional, por serle la presente controversia común a dicha persona jurídica estatal. (…)" (fs. 27).
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El juez de primera instancia rechazó dicha petición en tanto la consideró improcedente (fs. 42/43).
El GCBA interpuso apelación contra esa resolución (fs. 44/48).
El juez rechazó la concesión del recurso por no tratarse de una decisión apelable, de acuerdo con el art. 20 de la ley 2145 (fs. 49). El GCBA, entonces, acudió en queja ante la Cámara (fs. 52/55 vuelta), recurso que fue rechazado por la Sala II con el mismo argumento (fs. 61 y vuelta).
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Frente a esta resolución, el GCBA dedujo el recurso de inconstitucionalidad (fs. 62/67 vuelta) que fue declarado inadmisible por la Cámara (fs. 72 y vuelta); y motivó la presentación de la queja ante el Tribunal.
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Requerido su dictamen, la Fiscalía General propició declarar admisible la queja y hacer lugar al recurso de inconstitucionalidad (fs. 16/19 vuelta de la queja).
Fundamentos:
La juez I.M.W. dijo:
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El recurso de queja interpuesto por el GCBA no puede prosperar y debe ser rechazado, toda vez que pretende sostener ante esta instancia un recurso de inconstitucionalidad interpuesto en forma extemporánea.
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El GCBA cuestiona el pronunciamiento del juez de primera instancia que rechazó la citación del Estado Nacional pretendida por su parte.
Conforme lo dispone el artículo 20 de la ley 2145, dicha decisión no resulta apelable por lo que, ante la inexistencia de otras vías procesales ordinarias potencialmente aptas para la revisión de la misma, el GCBA contaba con el recurso de inconstitucionalidad al que se refiere el artículo 27 de la ley 402.
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El recurso de inconstitucionalidad -en el marco de una acción de amparo- debe articularse dentro del plazo de cinco (5) días contados a partir de la notificación de la resolución que lo motiva (artículo 22 de la ley 2145), que en el caso es la decisión del juez de primera instancia de fs...
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