Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 10 de Agosto de 2016, expediente A 73737

PresidenteKogan-Soria-Negri-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución10 de Agosto de 2016
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 10 de agosto de 2016, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores K., S., N., P., de L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa A. 73.737, "G., C.A. y ot. contra Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires y otro. Pretensión restablecimiento o reconocimiento de derechos. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley".

A N T E C E D E N T E S

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en la ciudad de La Plata -en lo que al caso interesa- confirmó la sentencia de primera instancia por la cual hizo lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de los arts. 22 segundo párrafo, 25, 56 segundo párrafo y 57 de la ley 11.761 y su inaplicabilidad a los actores y, a la vez desestimó el planteo de inconstitucionalidad del art. 21 inc. "e" de la ley 11.761 (fs. 254/269).

Disconformes con dicho pronunciamiento la parte actora (fs. 316/337) y la demandada (fs. 344/349) interpusieron recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley, los que fueron concedidos por la Cámara interviniente mediante resolución de fs. 351/352 vta.

Dictada la providencia de autos para resolver (fs. 379), y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar las siguientes

C U E S T I O N E S

  1. ¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley o doctrina legal interpuesto por la actora a fs. 316/337?

    En su caso:

  2. ¿Lo es el interpuesto por la parte demandada a fs. 344/349?

    V O T A C I Ó N

    A la primera cuestión planteada, la señora J. doctora K. dijo:

    1. 1. En los presentes actuados el actor promovió pretensión de restablecimiento o reconocimiento de derechos contra la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en la cual peticionó la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 inc. "e" de la ley 11.761 y solicitó el reintegro de las sumas descontadas en concepto de "Aporte a cargo del beneficiario".

      1. Mediante el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte actora contra el pronunciamiento de la Cámara, denunció violación de la doctrina legal sentada por esta Corte en la causa "M." (I. 1904 y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR