Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 11 de Abril de 2018, expediente P 128917

PresidenteNegri-Pettigiani-Genoud-de Lázzari
Fecha de Resolución11 de Abril de 2018
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 11 de abril de 2018, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresN.,P.,G., de L.,se reúnen los señores Jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 128.917, "G.L., M.L.. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa N° 71.864 del Tribunal de Casación Penal, Sala II".

A N T E C E D E N T E S

La Sala Segunda del Tribunal de Casación Penal, mediante el pronunciamiento dictado el 8 de septiembre de 2016, rechazó por improcedente con costas el recurso interpuesto por la defensa oficial de M.L.G.L., contra la sentencia del Tribunal en lo Criminal n° 3 del Departamento Judicial de Lomas de Z. que lo condenó a la pena única de doce años y diez meses de prisión, accesorias legales y costas, comprensiva de la dictada en la causa n° 5.882/3, -y su acollarada n° 5.890/3- ambas de trámite ante dicho Tribunal, de nueve años de prisión, accesorias legales y costas por resultar autor penalmente responsable de los delitos de robo agravado por el empleo de arma de fuego (hecho I) en concurso real con robo agravado por el empleo de arma impropia (hecho II); y la de cuatro años y seis meses de prisión dictada por el Tribunal en lo Criminal n° 5 del Departamento Judicial de Lomas de Z. en la causa n° 4.432/4 en fecha 8 de abril de 2014 por ser autor del delito de resistencia a la autoridad en concurso real con portación ilegal de arma de guerra (arts. 106, 210, 373, 448, 449, 451, 454 inc. 1, 456, 458, 530 y 531, CPP y 40 y 41, Cód. Penal) –v. fs. 42/48 vta.-.

El señor defensor oficial ante aquella instancia dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. fs. 57/65), el que fue declarado admisible por el Tribunal casatorio (v. fs. 66/68).

Oído el señor P. General (v. fs. 72/75), dictada la providencia de autos a fs. 76 y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I Ó N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el señor defensor oficial?

V O T A C I Ó N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor N. dijo:

  1. El recurrente denuncia la errónea aplicación de los arts. 40 y 41 del Código Penal y afectación del principio de culpabilidad y proporcionalidad (v. fs. 59 vta.).

    Luego de reproducir la respuesta brindada por el Tribunal revisor al agravio sobre arbitrariedad en la determinación de la pena planteado por su parte, afirma que aquél se aparta de las constancias de autos e incurre en arbitrariedad, en tanto no brindó fundamentos que expliquen las razones por las que ratificó el monto de pena impuesta, que juzga excesiva y afecta los principios de razonabilidad, proporcionalidad y culpabilidad por el hecho reprochado (v. fs. 62 y vta.).

    Sostiene que debieron tenerse en cuenta como atenuantes la inexperiencia e inmadurez del imputado dada su joven edad y su adicción temprana a los estupefacientes, circunstancias que debían sumarse a la carencia de antecedentes condenatorios.

    Cuestiona también que se hayan valorado como agravantes la pluralidad de intervinientes y la extensión del daño, la primera porque resultó neutralizada ante la pluralidad de víctimas y la segunda debido a que no pudo atribuírsele con certeza al imputado ser el autor de las lesiones sufridas por R.; ni tampoco que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR