Gaticom S.A. S/ Quiebra

Fecha de la disposición13 de Octubre de 2009
  1. Edictos Judiciales NUEVAS 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL N° 36

'. Fdo. Dra. Delia Beatriz Iñigo. Juez.- Publíquese por dos días en el Boletín Oficial.

Buenos Aires, 30 de septiembre de 2009.

Delia Beatriz Iñigo, juez María del Carmen Boullón, secretaria.

e. 13/10/2009 Nº 87561/09 v. 14/10/2009 N° 72

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 72, Secretaría Unica, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita a Jorge Eduardo Giménez a fin de que comparezca a estar a derecho, en autos 'Giménez, Jorge Eduardo s/ Ausencia por Desaparición Forzada', expte Nº 90.932/08. A tal efecto, publíquese edictos durante tres días en el Boletín Oficial de manera gratuita (art. 5º Ley 24.321).

Buenos Aires, 1º de octubre de 2009.

Daniel H. Russo, secretario.

e. 13/10/2009 Nº 87414/09 v. 15/10/2009 JUZGADOS NACIONALES EN LO COMERCIAL N° 2

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 2, a cargo del Dr. Juan Roberto Garibotto, Secretaría Nro. 3, a mi cargo, sito en Marcelo T. De Alvear 1840 -- Edificio Anexo -Planta Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días que con fecha 8 de septiembre de 2009, se decretó la quiebra de DBC Accesorios S.A. (CUIT 30-70957653-0) - (Expte.

095853), habiendo sido designado Síndico al Cr.

Diego Maximiliano Martínez, con domicilio en la calle Tucumán 1650 --2do cuerpo-- Piso 5, de esta Capital, Tel: 4371-0872, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 17 de noviembre de 2009.- A los efectos de impugnar las insinuaciones, contarán con un plazo hasta el día 01-12-2009 y podrán contestar las impugnaciones que se hubieren formulado, también ante la Sindicatura, hasta el día 15-12-2009. Fíjense los días 02-02-2010 y 16-03-2010 para que la Sindicatura presente los informes de los arts. 35 y 39 de la ley 24.522, respectivamente. Se prohíben los pagos y entrega de bienes al fallido, so pena de considerarlos ineficaces. Se ordena a la fallida y a quienes tengan bienes y documentación del mismo, para que los pongan a disposición de la Sindicatura en el plazo de cinco días. Se intima a la fallida, para que dentro de las 48 hs., constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado.' Se expide el presente para su publicación en el Boletín Oficial a los 1...

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