Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 23 de Noviembre de 2018, expediente CNT 010443/2015/CA001

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII Causa N°: 10443/2015 SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 45268 CAUSA Nº 10.443/2015 - SALA VII - JUZGADO Nº 50 AUTOS: “G.R.H. c/ SEGURIDAD ARGENTINA S.A. s/

despido”.

Buenos Aires, 23 de noviembre de 2018.

VISTO:

La perito contadora apela a fs. 139 sus estipendios, regulados a fs.

136/138, porque los estima bajos.

Y CONSIDERANDO:

Ponderado el mérito, importancia y extensión de la labor desarrollada por la contadora, lo normado por los Arts. 3º del Arancel para Profesionales de Ciencias Económicas (Decreto-Ley 16.638/57), 38 de la Ley 18.345, 13 de la ley 24.432 y demás pautas arancelarias que resultan de aplicación al tiempo de presentación del informe pericial, a juicio del Tribunal, la regulación de honorarios cuestionada luce adecuada y ajustada a derecho, por lo que se confirma.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios regulados en favor de la perito...

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