Gascart S.A.
Fecha de la disposición | 20 de Octubre de 2010 |
âLa que suscribe, Silvina C. Gonzalez, Tomo 87, Folio 727, ha sido autorizada por instrumento privado,
Acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del 10/09/2010. La Autorizadaâ.
Abogada/Autorizada - Silvina C. González Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
15/10/2010. Tomo: 87. Folio: 727.
e. 20/10/2010 N'º124880/10 v. 20/10/2010 %@% DYNLAND SOCIEDAD ANONIMA Hace saber que por Acta de Asamblea Extraordinaria del 6/02/2010 se resolvió en forma unánime reformar los artÃculos 3'º y 9'º del Estatuto Social quedando redactados de la siguiente manera: âArtÃculo tercero - Objeto: La sociedad es, a los fines del artÃculo 31, primer párrafo de la Ley de Sociedades Comerciales, exclusivamente financiera y de inversiones mobiliarias e inmobiliarias.
Por lo tanto, su objeto es realizar por cuenta propia o de terceros, o en colaboración con terceros, para lo cual podrá hacer uso de cualquier forma jurÃdica, y tanto en el paÃs como en el extranjero, las siguientes actividades: 1 - Adquirir, mantener y administrar participaciones e inversiones en otras sociedades constituidas tanto en el paÃs como en el extranjero, sin limitaciones de ninguna especie, incluso convirtiéndose en controlante de las mismas y afectando a tal fin la totalidad de su patrimonio. 2 - Efectuar aportes de capital a personas o sociedades existentes o a constituirse para la financiación de operaciones realizadas o a realizarse. 3 - Comprar, vender, negociar y suscribir toda clase de tÃtulos, acciones, debentures y demás valores mobiliarios e instrumentos de crédito, ya sean públicos o privados y nacionales o extranjeros, y de cualquier naturaleza conocida o que se creen en el futuro. 4 - Realizar operaciones de préstamo con o sin garantÃa a corto, mediano o largo plazo, ya sea en el paÃs como en el extranjero. 5 - Otorgar fianzas, avales y toda clase de garantÃas reales o personales por obligaciones de terceros, incluso para el mantenimiento de ofertas o el cumplimiento de contratos por terceros. Si es a favor de sociedades que tengan participación directa o indirecta a cualquier tÃtulo, podrá hacerlo en forma gratuita. 6 - Ejercer mandatos, representaciones, agencias o comisiones, y la administración de bienes y empresas de sociedades, personas o entidades radicadas en el paÃs o en el extranjero.
En especial podrá actuar como agente mandatario para todo tipo de operaciones de la naturaleza indicada en los numerales anteriores. 7 - Realizar cualquier clase de operaciones en los mercados de capitales o de bienes, del paÃs o del extranjero.
8 - Podrá previa resolución asamblearia, emitir debentures y/o obligaciones negociables y previa resolución del órgano societario competente según la legislación respectiva, cualquier otro tÃtulo, papel o instrumento que admita la legislación presente o futura. 9 - Participar con personas fÃsicas o jurÃdicas, nacionales o extranjeras, en empresas o sociedades existentes o a constituirse, ya sea como accionista o en cualquier otro carácter, conforme las disposiciones de la Ley de Sociedades Comerciales. 10 - Otorgar y tomar préstamos, con o sin garantÃas personales o reales, otorgar avales, fianzas, construir y transferir hipotecas, prendas, con o sin desplazamiento, y demás derechos reales. 11 - Queda excluida toda intermediación en la oferta y demanda de recursos financieros reglamentada por leyes especificas, en particular la Ley de Entidades Financieras, y aquellas que requieran el concurso público, ello sin perjuicio de la eventualidad de que la Sociedad sea autorizada a realizar oferta pública por la Comisión Nacional de Valores, con...
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