Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala SALA, 30 de Abril de 2014, expediente CIV 088565/2008

Fecha de Resolución30 de Abril de 2014
EmisorSala SALA

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D

88565/2008 G.H.N. s/SUCESION AB-

INTESTATO

Buenos Aires, de abril de 2014.- FMC

AUTOS Y VISTOS:

Teniendo en cuenta la naturaleza, importancia y extensión de los trabajos realizados en autos por los Dres. R.U.L. y J.A.V., letrados patrocinantes del acreedor Héctor José

García, quienes actuaron durante las dos primeras etapas del proceso llevando a cabo trabajos de carácter común; el valor del automóvil y el inmueble que integran el acervo hereditario en su totalidad, de conformidad con la estimación formulada respecto del primero a fs.

36 y respecto del segundo en la audiencia celebrada a fs. 106; el carácter propio de ambos bienes y lo dispuesto por los artículos 1, 6,

7, 24, 37 y 43 del arancel y ley modificatoria 24.432, se elevan los honorarios regulados a fs. 62 a favor de ambos profesionales, en conjunto, por su actuación en tal carácter, a pesos ochenta mil ($

80.000).

Ponderando la actuación del Dr. R.U.L. en interés de su...

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