Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 29 de Junio de 2018, expediente CIV 037585/2017/CA001

Fecha de Resolución29 de Junio de 2018
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I 37585/2017 G., M. G. Y OTRO c/ G. P., M. A. s/ALIMENTOS Buenos Aires, 29 de junio de 2018.- MJ AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Tanto la parte actora como el demandado apelaron a fs.1139 y fs.1141 la sentencia dictada a fs.1132/1137 que condenó al último nombrado a abonar una cuota alimentaria en favor de su hija M.C.G.P. de $11.000 mensuales, con un incremento semestral del 15% y por el término de dos años. Los memoriales de agravios se agregaron a fs.1158/61 y fs. 1169/75 y fueron contestados a fs.

    1177/81 y fs. 1183/88 respectivamente.

    La Sra. Defensora de Menores también apeló a fs.1191 dicho fallo. El recurso fue sostenido a fs.1198/200 y replicada por el demandado a fs. 1202/1204.

  2. De la unión de las partes nació la mencionada M.C., una niña de tres años en la actualidad (fs.2). Por su edad, la menor concurre al nivel inicial de la Escuela Argentina Modelo (cfr.

    respuestas de la testigo D.R. a la 5ª pregunta de fs.256 y vta.; de Clara Legón a la 5ª pregunta de fs.258 vta.; de A.M. a la 5ª pregunta de fs.314 vta.; de M.E.C. a la 1ª pregunta de fs.316; y de S.M. a la 5ª pregunta de fs.317).

    Abonaban por este concepto al mes de junio de 2017 10 cuotas anuales de $4.400, tres cuotas de materiales por la suma de $680, más matrícula y los gastos de libros y uniformes que se suelen utilizar en los establecimientos privados de las características del que concurre M.C..

    Vive con G. en un departamento por el que no paga alquiler ya que sería propiedad de la madre de la actora y no discuten las partes que mientras trabajan es la Sra. B.B.R.M.F. de firma: 29/06/2018 Alta en sistema: 02/07/2018 Firmado por: P.M.G. -P.E.C. -F.P.S. #30026348#209028907#20180628074639995 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I quien cuida a la niña (cfr. respuesta de R. y M. a la 7ª

    pregunta de fs. 256 vta. y fs. 317 vta. respectivamente), quien percibía al mes de mayo de 2017 un salario de $10.680 (fs. 48) que en la actualidad ascendería a la suma de $12.684 (fs. 294).

    M.G.G. es Licenciada en Administración de empresas (262/3) y trabaja en relación de dependencia para la empresa Weatherford Internacional de Argentina S.A., habiendo percibido en octubre de 2017 la suma neta de $57.553,10 (fs.362/367).

    El demandado, vive solo en esta ciudad, es médico pediatra y trabaja para el Centro de Investigaciones Médicas e Investigaciones Clínicas “N.Q.” (CEMIC) desde el año 2014 donde en el mes de septiembre de 2017 percibía la suma de $26.504 (fs...

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