Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 2 de Marzo de 2018, expediente CIV 057046/2016/CA001

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2018
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I 57046/2016 GARRIDO, R.S. c/ LERMAN, EMANUEL CLAUDIO s/DIVISION DE CONDOMINIO ENTRE CONYUGES O CONVIVIENTES ART. 471 CCCN Nota: se deja constancia que del Sistema Informático Judicial se desprende que el 29/11/2016 se incorporó copia digital de la presentación y documental de fs. 23/49. Conste.-

Buenos Aires, 2 de marzo de 2018.- FP AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. La parte actora interpuso a fs. 64 recurso de apelación contra la resolución de fs. 60/61 por la que el magistrado de grado decretó la caducidad de la instancia con costas -tanto del incidente como del proceso- a la parte actora. El memorial de agravios se agregó a fs. 66/68; el traslado de rigor (fs. 69) fue contestado a fs.

    70/72.

  2. Para resolver en la forma que lo hizo el sentenciante sostuvo, por un lado, que la reconvención sigue la suerte de la demanda por ser la instancia indivisible y que la caducidad de la instancia abarca tanto a la demanda como a la reconvención. Por el otro, manifestó que la presentación de fs. 52, donde únicamente se peticiona que las actuaciones se coloquen en su casillero de letra no provoca el avance del proceso. En función de ello, consideró que desde el dictado de la providencia que luce a fs. 51 vta. transcurrió el plazo previsto por el art.310, inc. 1 del Código Procesal sin que el interesado haya hecho avanzar el trámite del proceso.

    Fecha de firma: 02/03/2018 Alta en sistema: 05/03/2018 Firmado por: P.E.C.-P.M.G. -F.P.S. #28792856#198240146#20180228113721028 La apelante, por su parte, cuestiona que el escrito mediante el que se solicitó la desparalización de las actuaciones no interrumpa el curso de la perención y, además, la imposición de las costas tanto del incidente en cuestión como así también del proceso principal en función de la reconvención opuesta por la parte contraria.

  3. Ahora bien, no se advierte que los argumentos...

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