Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 9 de Junio de 2021, expediente FPA 000622/2021/CA001
Fecha de Resolución | 9 de Junio de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 622/2021/CA1
Paraná,09 de junio de 2021.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “GARIN, M.A. CONTRA
I.N.S.S.J.P. (PAMI) SOBRE AMPARO LEY 16.986”, Expte. Nº FPA
622/2021/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay, y;
CONSIDERANDO:
I- Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en fecha 03/05/2021, contra la sentencia dictada el 05/04/2021.
El recurso se concede el 05/05/2021, se contestan agravios el 10/05/2021 y quedan los presentes en estado de resolver en fecha 19/05/2021.
II-
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Que el actor ocurre a la jurisdicción y deduce acción de amparo contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI).
Solicita que se ordene la urgente autorización, cobertura,
provisión y entrega, en forma íntegra y al 100%, de la medicación REGORAFENIB -40mg x 28 comprimidos x 3 frascos-,
que le fuera indicada por su médico tratante, conforme el diagnóstico de cáncer de recto superior y correspondiente a la cuarta línea de tratamiento.
Adjunta a la presente copia de receta electrónica emitida por el Dr. C. en fecha 02/02/2021; copia de formulario de tratamientos oncológicos suscripto por el mismo profesional; copia del rechazo del pedido por parte del INSSJP-PAMI con fundamento en que la medicación está
fuera de los protocolos actuales en secuencia a IOSURF,
sugiriendo reevaluar estrategia; y resumen de historia Fecha de firma: 09/06/2021
Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA
clínica emitida por el citado profesional el 24/02/2021 en la que explica los antecedentes del caso y funda su pedido de Regorafenib.
-
Que mediante resolución dictada el día 02/03/2021
y publicada al día siguiente el a quo declara la admisibilidad formal de la acción, acuerda plazo a la accionada para que produzca el informe circunstanciado y dicta medida cautelar para que la obra social entregue al actor la medicación requerida en el plazo de veinticuatro (24) horas.
El día 22/03/2021 se tuvo por incontestada la demanda y el 05/04/2021 se dicta sentencia que hace lugar a la acción de amparo interpuesta, impone las costas a la demandada, regula honorarios en 22 UMA al letrado de la parte actora y tiene presente la reserva del caso federal.
III-
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Que...
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