Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL, 30 de Julio de 2019, expediente FCR 004627/2018/6/CA002
Fecha de Resolución | 30 de Julio de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 4627/2018/6/CA2 “GARCIA, S.F. s/CONTRABANDO –ART. 863 C.A.
-INCIDENTE DE ENTREGA DE BIENES REGISTRABLES”
-RESOLUCION-
J.F.RIO GRANDE.-
modoro R., 30 de julio de 2019.
VISTA:
La constitución del tribunal con el fin de fallar el expte. n° FCR
4627/2018/6/CA2, caratulado “Incidente de entrega de bienes registrables de GARCÍA, Sergio
Fernando en autos ‘GARCÍA, S.F. por contrabando art. 863, C.A. en tentativa’”, en
trámite ante el Juzgado Federal de 1ª Instancia de Río Grande, al haberse diferido en la audiencia
celebrada el 27/11/18, la resolución referida a la devolución del inmueble solicitado por el defensor
oficial de S.F.G., según lo autorizado por el art. 455, párrafo 2°, del C.P.N., Y CONSIDERANDO:
I.– 1ª instancia.
A fs. 12/vta. el a quo no hizo lugar a la solicitud del defensor oficial
de S.F.G. de fs. 8/vta. de devolución del inmueble de la calle Combate de
Montevideo n° 846, de Río Grande, Pcia. de la Tierra del Fuego, decisión que esa representación
apeló a fs. 13/14 vta., concediéndose el recurso a fs. 15.
II.– 2ª instancia.
En esta instancia, a fs. 19, se celebró la audiencia establecida por el
art. 454 del C.P.N., compareciendo el fiscal general interino y la defensora oficial coadyuvante
ante esta cámara de apelaciones en representación de G., ocasión en la que asumieron las
posiciones reflejadas en la grabación del audio registrado ese día.
Quedó así el incidente en condiciones de ser resuelto, para lo cual
se cuenta con fotocopias de la causa ppal. n° FCR 4627/2018, caratulada “GARCÍA, Sergio
Fernando sobre contrabando art. 863, C.A. en tentativa”.
III.– Objeto procesal.
-
Se investiga en la causa el intento de sacar mercadería por vía
terrestre de manera ilegal del Área Aduanera Especial de la Tierra del Fuego (AAE) con destino al
Territorio Nacional Continental (TNC), hecho detectado el 24/3/18, poco después de las 19.45 hs.,
con motivo del arribo al Resguardo del Paso Fronterizo “San Sebastián” dependiente de la División
Aduana Río Grande de la AFIP–DGA, del automotor tipo tractor con cabina dormitorio marca VW
19.420 HR
dominio AC085UT y semi–remolque H. “Baranda Volcable S.BV.3E.67 2+1”
dominio AC085UV, propiedad ambos de A.L.P., conducido por D. Alejandro
Jorge G..
Fecha de firma: 30/07/2019 Alta en sistema: 30/08/2019 Firmado por: H.L.C. DE HUBERMAN, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.A.S., SECRETARIO DE CAMARA #32168732#239802950#20190731131314360 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 4627/2018/6/CA2 “GARCIA, S.F. s/CONTRABANDO –ART. 863 C.A.
-INCIDENTE DE ENTREGA DE BIENES REGISTRABLES”
-RESOLUCION-
J.F.RIO GRANDE.-
En aquella oportunidad se constató que el camión de mención
transportaba mercadería al amparo de la destinación SIM 18049ECA1004241G, perteneciente el
exportador A.D.S., documentado mediante MIC/DTA 2384/18, detectándose que el
precinto declarado en la documentación correspondiente se encontraba intacto, pero no así la soga
circundante de la lona que se hallaba floja, es decir, no permanecía tensa como debía estarlo,
permitiendo visualizar que la carga se encontraba acondicionada en cajas de cartón, lo que no
concordaba con lo declarado en el MIC/DTA, donde se consignaba que la misma se trataba de turba
en 35 bolsas –19.580 kg.–.
Realizado un control exhaustivo del rodado por personal aduanero,
se verificó el corte en uno de sus extremos de la soga que circundaba la lona que cubría la carga y el
pegado de ella con pegamento de contacto transparente, como también, la incompatibilidad total de
la carga con lo declarado.
Así, se intentó atravesar el Paso Fronterizo transportando en
realidad 42 bultos correspondientes a 173 Unidades Exterior “LG”, 19 Unidades Exterior “Sanyo”,
2 Unidades Exterior “Midea”, 1 Unidad Exterior s/n, 6 Unidades Exterior “Philco”, 132 Unidades
Interior “LG”, 666 M., 8 Ventiladores, 2007 kg. de Cobre, 1158 Controles Remoto
TV, 38 Controles Remoto Aire, 299 Baterías Celular “Motorola”, 27 Baterías notebook, 278
Pantallas “LG”, 88 Cables VGA, 12 kg. de Cinta y 18 kg. de Silicona por un valor total de $
4.917.400 (fs. 1/7 y 14/36, c. ppal.).
-
Tareas practicadas por la Policía de la Tierra del Fuego el
27/3/18 determinaron que el 24/3/18, a las 10.24 hs., el tractor con semirremolque dominios
AC085UT y AC085UV egresó del Depósito Fiscal 6 Gloker, sito en la intersección de las calles
Islas Malvinas e Ingeniero Varela de Río Grande, y después de circular unos 13 minutos
aproximadamente por Islas Malvinas, 25 de Mayo y Combate de Montevideo, ingresó a las 10.37
hs. en el predio de la calle Combate de Montevideo n° 846, donde tiempo atrás funcionaba la
Recicladora Dakar
.
En el interior del predio el medio de transporte permaneció 7 hs.,
retirándose del lugar a las 17.22 hs. del mismo día, por lo que no resulta disparatado suponer que la
maniobra de suplantación de la mercadería fiscalizada (turba) por la mercadería no declarada se ha
llevado a cabo en ese inmueble de la calle Combate de Montevideo n° 846, ya que posee la
infraestructura y logística para hacerlo.
Fecha de firma: 30/07/2019 Alta en sistema: 30/08/2019 Firmado por: H.L.C. DE HUBERMAN, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.A.S., SECRETARIO DE CAMARA #32168732#239802950#20190731131314360 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 4627/2018/6/CA2 “GARCIA, S.F. s/CONTRABANDO –ART. 863 C.A.
-INCIDENTE DE ENTREGA DE BIENES REGISTRABLES”
-RESOLUCION-
J.F.RIO GRANDE.-
Registros fílmicos de los sistemas de cámaras instalados en toda esa
zona de la ciudad, dan cuenta de esos movimientos del camión con semirremolque dominios
AC085UT y AC085UV (fs. 82/90, c. ppal.).
-
En el allanamiento y registro practicado por la policía local al
inmueble de la calle Combate de Montevideo n° 846, de Río Grande, Pcia. de la Tierra del Fuego,
el 28/3/18, entre las 14.07 y 17.08 hs., fueron habidos numerosos efectos según el detalle volcado
en el acta labrada al efecto, ocasión en la que, siendo las 15.00 hs., se hizo presente en el lugar
S.F.G. manifestando ser el dueño del predio, el que se lo alquilaba a A.
M. (fs. 189/191 vta., c. ppal.).
IV. Carácter del inmueble de
Combate de Montevideo 846, de Río
Grande, Pcia. de la Tierra del Fuego, para esta causa.
-
En base a ello, la categorización que a primera vista pareciera
corresponder al bien inmueble en cuestión sería la de “instrumento del delito”, en tanto...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba