Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 7 de Agosto de 2020, expediente CIV 042476/2019/CA001

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2020
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

42476/2019

GARCIA, G.L. s/SUCESION

TESTAMENTARIA

Buenos Aires, 7 de agosto de 2020.- MS

AUTOS, VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Fueron remitidos los autos a esta Sala para resolver el recurso de apelación interpuesto en subsidio a fs. 114/115, concedido a fs. 116, contra lo dispuesto a fs. 113. El memorial obra agregado a fs. 114/115.

  1. Cuestiona el recurrente la decisión que dispuso citar a los herederos del Sr. F.G. a fin de que de comparezcan a hacer valer los derechos que les correspondan.-

  2. Del examen de las actuaciones, que se encuentran en soporte físico en este Tribunal, resulta que con fecha 14 de junio de 2019, el Sr. O.A.G. y la Sra. G.R.A.,

    mediante letrado apoderado, promueven la presente sucesión testamentaria del Sr. G.L.G., fallecido el día 26 de diciembre de 2018.- Adjuntan testamento ológrafo del cual surge que el causante - de estado civil divorciado (v. fs. 95) - instituyó

    herederos a sus hijos O.A.G. y F.G., y legó la porción disponible a la Sra. G.R.A..- Los peticionantes denuncian los bienes que componen el acervo hereditario, y acompañan asimismo escritura de “cesión de herencia”,

    de fecha 5 de abril de 2019, de la cual surge que el Sr. F.G. le cede y transfiere a su hermano - O.A.G. -, a título gratuito, todos los derechos hereditarios que tiene y le corresponden en la sucesión testamentaria y/o intestada del padre de ambos.- En la cláusula tercera el Sr. O.A.G. acepta la cesión de derechos efectuada a su favor.-

    Fecha de firma: 07/08/2020

    Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

    A fs. 108, con fecha 11 de diciembre de 2019, el a quo declaró válido en cuanto a sus formas el testamento y abierto el juicio sucesorio testamentario del Sr. G.L.G..-

    Dispuso asimismo, en esa oportunidad, la citación del cedente -

    F.G. - a fin de que tome la intervención que le corresponda en autos.- Así las cosas, a fs. 112, con fecha 16 de diciembre de 2019, el Sr. O.A.G. y la Sra. G.R.A., a través de su letrado apoderado, denuncian el fallecimiento del cedente - F.G. - ocurrido el día 9 de mayo de 2019 - y piden que se deje sin efecto la citación.-

    En el reseñado escenario, el juez de grado dispuso la citación de los herederos del cedente - F.G. - a fin de que comparezcan a hacer valer los derechos que les correspondan,

    decisión esta que motiva el recurso en examen.-

    Para fundar la...

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