Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 5 de Diciembre de 2016

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2016
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita664/16
Número de CUIJ21 - 510667 - 9

G., A.F. Y OTRA c/ PROVINCIA DE SANTA FE -USUCAPION- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 664/16 N.S.: Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 272 Pág. de inicio: 428 Pág. de fin: 432 Fecha del fallo: 05/12/2016 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces R.H.F.M.A.G.R.F.G.M.L.N.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > INADMISIBILIDAD Tesauro > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > REQUISITOS PROPIOS > CUESTION NO CONSTITUCIONAL > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > PRESCRIPCION ADQUISITIVA Tesauro > USUCAPION Tesauro > POSESION Tesauro > INMUEBLE > TENENCIA Tesauro > INMUEBLE RURAL CONSTITUCIONAL - CIVIL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. PRESCRIPCION ADQUISITIVA. CARACTER DE LA POSESION El recurso debe ser declarado inadmisible, desde que la recurrente no alcanza a demostrar suficientemente un supuesto de arbitrariedad, en tanto sus cuestionamientos -de por sí genéricos y globales- se diluyen al dejar incólume el núcleo sentencial de la Cámara para confirmar el rechazo de la demanda de usucapión, por entender que el título por el cual el actor había comenzado su ocupación consistía en un contrato de pastaje, reconociendo expresamente en otro su derecho de propiedad y que la legitimación de la coaccionante consistió en su carácter de continuadora de la posesión iniciada por su padre, sin que ahora pudiera invocar un mejor derecho, siendo que su progenitor había iniciado y mantenido su posesión siempre y en todo momento como mero tenedor y reconociendo expresamente a la Provincia como verdadera dueña.

Texto del fallo Reg.: A y S t 272 p 428/432.

Santa Fe, 5 de diciembre del año 2.016.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la actora contra la resolución del 18 de setiembre de 2015 dictada por la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Reconquista, en autos "GARCÍA, A.F. Y OTRA contra PROVINCIA DE SANTA FE -USUCAPIÓN- (EXPTE.

94/11)" (E.. C.S.J. CUIJ N°: 21-00510667-9); y, CONSIDERANDO:

  1. En la presente causa la Cámara rechazó los recursos interpuestos por la accionante y, en consecuencia, confirmó lo resuelto por el juez de grado -quien, a su turno, había desestimado la demanda de usucapión intentada-. Para así decidir señaló que los cuestionamientos no lograban desmerecer los argumentos desarrollados en la sentencia apelada y que eran demostrativos de la falta de sustento de la pretensión.

  2. Contra tal pronunciamiento los actores dedujeron recurso de inconstitucionalidad alegando que lo resuelto contiene vicios que lo descalifican como acto jurisdiccional válido y que lesionan sus derechos constitucionales.

    Al respecto, reseñan que iniciaron demanda de usucapión de un lote que ocupan desde hace décadas y que se encuentra inscripto a...

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