Garavano Publicidad S.A. S/ Quiebra

Fecha de publicación27 Abril 2009
Fecha de disposición27 Abril 2009
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31641

y los deudores cedidos, y sólo determina para éstos el cambio de la persona del acreedor, que en lo sucesivo en virtud de la cesión pasará a ser el fideicomiso financiero, representado en la persona del fiduciario, sin perjuicio de lo cual los deudores cedidos podrán continuar efectuando los pagos debidos bajo los créditos en los lugares habituales de pago. El listado de créditos cedidos ha sido presentado en el expediente antes referido. Miguel M. Chazarreta . Apoderado en virtud de poder otorgado por esc 23 del 13-032008 folio 88 del reg not 733 de Cordoba. Ciudad de Buenos Aires, 20 de abril de 2009.

Apoderado Miguel M. Chazarreta Certificación emitida por: Martín Donovan.

Nº Registro: 1296. Nº Matrícula: 2349. Fecha:

20/04/2009. Nº Acta Nº: 180. Nº Libro: 313.

e. 24/04/2009 Nº 29865/09 v. 27/04/2009 TARJETAS CUYANAS S.A.

CESION FIDUCIARIA DE CREDITOS Se hace saber que el Directorio de la sociedad en su reunión del día 7 de abril de 2008 ha resuelto ceder fiduciariamente créditos originados por el uso de tarjetas de crédito 'Tarjetas Cuyanas' a favor de Equity Trust Company (Argentina) S.A. como fiduciario del Fideicomiso Financiero 'Tarjetas Cuyanas Trust VI' y no a título personal, emisor de a) valores representativos de deuda;

cuya oferta pública se encuentra en trámite por ante por la Comisión Nacional de Valores, y b) certificados de participación, los cuales no serán ofrecidos mediante oferta pública a inversores;

según contrato de fideicomiso financiero suscripto el 7 de julio de 2008. La cesión que aquí se notifica refiere a los créditos especialmente indicados dentro de los discos compactos incluidos en el Anexo I del contrato de cesión celebrado con fecha 20 de abril de 2009 entre el fiduciario, el fiduciante y el administrador. La presente importa notificación en los términos del artículo 1467 del Código Civil. La cesión de los créditos al fideicomiso financiero no implica alterar las relaciones jurídicas originales celebradas entre Tarjetas Cuyanas S.A. y los deudores cedidos, y sólo determina para éstos el cambio de la persona del acreedor, que en lo sucesivo en virtud de la cesión pasará a ser el fideicomiso financiero, representado en la persona del fiduciario, sin perjuicio de lo cual los deudores cedidos podrán continuar efectuando los pagos debidos bajo los créditos en los lugares habituales de pago. El listado de créditos cedidos ha sido presentado en el expediente antes referido. Miguel M. Chazarreta. Apoderado en virtud de poder otorgado por esc 62 del 16-11-2006, folio 135 del reg not 728 de Mendoza. Ciudad de Buenos Aires, 20 de abril de 2009

Apoderado Miguel M. Chazarreta Certificación emitida por: Martín Donovan.

Nº Registro: 1296. Nº Matrícula: 2349. Fecha:

20/04/2009. Nº Acta: 183. Nº Libro: 313.

e. 24/04/2009 Nº 29867/09 v. 27/04/2009 TARJETAS CUYANAS S.A.

CESION FIDUCIARIA DE CREDITOS Se hace saber que el Directorio de la sociedad en su reunión del día 20 de marzo de 2007 ha resuelto ceder fiduciariamente créditos originados por el uso de tarjetas de crédito 'Tarjetas Cuyanas' a favor de Equity Trust Company (Argentina) S.A. como fiduciario del Fideicomiso Financiero 'Tarjetas Cuyanas Trust V' y no a título personal, emisor de a) valores representativos de deuda;

cuya oferta pública se encuentra en trámite por ante por la Comisión Nacional de Valores, y b) certificados de participación, los cuales no serán ofrecidos mediante oferta pública a inversores;

según contrato de fideicomiso financiero suscripto el 4 de febrero de 2008. La cesión que aquí se notifica refiere a los créditos especialmente indicados dentro de los discos compactos incluidos en el Anexo I del contrato de cesión celebrado con fecha 20 de abril de 2009 entre el fiduciario, el fiduciante y el administrador. La presente importa notificación en los términos del artículo 1467 del Código Civil. La cesión de los créditos al fideicomiso financiero no implica alterar las relaciones jurídicas originales celebradas entre Tarjetas Cuyanas S.A. y los deudores cedidos, y sólo determina para éstos el cambio de la persona del acreedor, que en lo sucesivo en virtud de la cesión pasará a ser el fideicomiso financiero, representado en la persona del fiduciario, sin perjuicio de lo cual los deudores cedidos podrán continuar efectuando los pagos debidos bajo los créditos en los lugares habituales de pago. El listado de créditos cedidos ha sido presentado en el expediente antes referido. Miguel M. Chazarreta.

Apoderado en virtud de poder otorgado por esc 62 del 16-11-2006 folio 135 del reg not 728 de Mendoza. Ciudad de Buenos Aires, 20 de abril de 2009

Apoderado Miguel M. Chazarreta Certificación emitida por: Martín Donovan.

Nº Registro: 1296. Nº Matrícula: 2349. Fecha:

20/04/2009. Nº Acta: 182. Nº Libro: 313.

e. 24/04/2009 Nº 29859/09 v. 27/04/2009 2.4. REMATES COMERCIALES ANTERIORES AVISO DE SUBASTA LEY 24.441. El martillero Público Federico L. de la Barra, con oficinas en la calle Marcelo T. de Alvear 1261 1º '8' TE:

48113180, designado por el ejecutante acreedor hipotecario en las actuaciones Judiciales en trámite ante el Juzgado Nacional de P. Instancia en lo Civil Nº 80 Sec Única sito en Av. de los Inmigrantes 1950 6º piso Cap. Fed. en autos 'BANCO HIPOTECARIO S.A. c/FARIAS LAURA NOEMI s/ EJ. ESP. LEY 24.441', expte. Nº 65.103/05 en los términos del art. 57 y conc. de la Ley 24.441 comunico por el término de tres días, que REMATARE PUBLICAMENTE el día 30 de abril de 2009 a las 11 hs, ante Escribano Público en Salón de Talcahuano 479, Cap Fed. el inmueble ubicado en la calle Rucci 220, 230, 240 y 250,

Belisario Hueyo 140 y 160, Patricios 235, 245, 265 y 285 y Manuel Esteves 147 y 151, piso 16

UF 915 Torre V (Segun Titulo) Piso 15 dpto '4' según constatación, de la localidad y Pdo. de Avellaneda, Pcia. de Buenos Aires. Nom. Cat.:

Circ. I, Secc. N, Manz. 74-c, Parc. 1-a, Subp.

915, Polig 16-35- Matrícula 1462/915. Sup. total.

40,03m2.- Porc. 0,0705%.- La propiedad consta de living comedor, 1 dormitorio con placard, cocina y baño completo en buen estado de conservación. OCUPADO por la Sra. Laura Noemi Farias y flia. según constatación. Con orden de lanzamiento judicial. EXHIBICIÓN: 27 y 28 de abril de 10 a 12 hs. La venta se realiza AD-CORPUS en el estado físico y jurídico en que el bien se encuentra. BASE $ 40720.38.- De no haber postores en la base establecida, a la media hora se reducirá la misma en un 25% y si aún persistiera la falta de postores, a la media hora se rematara SIN BASE. Seña 30%, COMISION 3% mas IVA. Sellado de ley. Todo al contado, en efectivo al mejor postor. El comprador deberá abonar el saldo de precio directamente al acreedor dentro de los 10 días hábiles de efectuado el remate, bajo apercibimiento de lo establecido en el art.

62 y conc. y deberá constituir domicilio en la Cap.

Fed. No procede la compra en COMISION. Se hace saber el Plenario del Fuero Civil en autos 'Servicios Eficientes c/Yabra Roberto I. S/Ejec.

del 18-02-99. Los gastos y honorarios de escrituración estarán a cargo del comprador. Deudas Mun. $ 1.283,05 al 11-03-09, Rentas $ 2448,60 al 10-03-09, AYSA $ 270,01 al 11-03-09 y Expensas $ 20.409,75 al 17-03-09.

Buenos Aires, 23 de marzo de 2009.

Federico L. de la Barra, martillero.

e. 23/04/2009 Nº 25719/09 v. 27/04/2009 El Martillero D. Rafael R. Bronenberg Victorica, con domicilio...

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