Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 8 de Febrero de 2022, expediente COM 010987/2020/CA002

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 10987 / 2020

GARANTIZAR S.G.R. c/ LERIN S.R.L. Y OTROS s/EJECUTIVO

Buenos Aires, 08 de febrero de 2022.-

AUTOS Y VISTOS:

  1. ) Apeló en forma subsidiaria la parte actora, el decreto de fecha 8/9/21

    en donde la juez de grado ordenó levantar los embargos decretados en autos sobre las cuentas que los coejecutados tenían en diversos bancos.

    Los fundamentos fueron expuestos en la presentación del 14/9/21, siendo contestados por la contraria el 13/10/21.

  2. ) De las constancias de autos surge que en el decreto de inicio se ordenó trabar embargo por las sumas de $ 1.318.867,26 en concepto del capital reclamado con la de $ 659.433 para intereses y costas, en las cuentas que tienen los demandados en Banco Santander Rio S.A.; Banco Comafi Sociedad Anónima; Banco Itau Argentina S.A.; Banco Supervielle S.A.; Banco Credicoop Cooperativo Limitado;

    y Banco de la Provincia de Buenos Aires.

    Allí se dejó establecido que el ejecutante debía optar entre embargar simultáneamente todas las cuentas, o, alternativamente, proceder progresivamente siempre hasta el monto tope reclamado en la ejecución, con la aclaración de que en cualquiera de esos casos, el ejecutante sería igualmente responsable de las costas generadas por el levantamiento del embargo de los fondos que superase dicha medida y hubieran sido cautelados en exceso, debiendo tramitar de inmediato dicho levantamiento.

    Fecha de firma: 08/02/2022

    Firmado por: M.V.B., SECRETARIA DE CÁMARA

    Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

    El ejecutante mediante el escrito presentado el 11/11/2020 optó por embargar simultáneamente todas las cuentas denunciadas.

    Luego, con fecha 3/9/21 se presentaron los accionados manifestando que en autos se había decretado embargo por la suma total de $ 1.978.300,26 y que existían sumas depositadas por un monto de $ 1.983.150,51. En función de ello solicitaron que se ordenara el levantamiento del embargo decretado respecto de Banco Santander Rio S.A.; Banco Supervielle S.A.; Banco Credicoop Cooperativo Limitado; y Banco de la Provincia de Buenos Aires, esto es, respecto de cuatro (4) de las seis (6) entidades sobre las cuales se ordenó la medida.

    La juez, en el decreto apelado, acogió el pedido de los demandados y ordenó levantar el embargo ordenado en autos respecto de dichas entidades bancarias.

    Cabe señalar en este punto que si bien la...

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