Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 6 de Noviembre de 2019, expediente CNT 071930/2016/CA001

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA DEFINITIVA N° 73660 SALA VI Expediente N..: CNT 71930/2016 (Juzg. N° 7)

AUTOS: "GANGEMI, AGUSTIN C/ EXPERTA ART S.A. S/ ACCIDENTE- LEY ESPECIAL"

Buenos Aires, 6 de noviembre de 2019 En la Ciudad de Buenos Aires reunidos los integrantes de la S. VI a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practi-

cando el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

EL DOCTOR L.A.R. DIJO:

Contra la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a las pretensiones deducidas, apela la parte demandada a tenor de su memorial de fs. 90/93, que recibió réplica por parte de su contraria a fs. 97 y la parte actora a tenor del suyo de fs. 94/95, que no fuera objeto de réplica.

Trataré conjuntamente los agravios de ambas partes en re-

lación a la incapacidad del accionante. La parte demandada se agravia por el porcentaje de incapacidad física establecido en origen (25% t.o.) y la parte actora, porque no se tuvo en Fecha de firma: 06/11/2019 Alta en sistema: 07/11/2019 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA #28825391#219449105#20191107114659051 cuenta la incapacidad psicológica, así como tampoco los facto-

res de ponderación.

El actor acciona por las secuelas derivadas de un acci-

dente ocurrido en el trayecto el día 29.03.16 mientras regre-

saba de cumplir sus tareas, cuando se encontraba conduciendo su automóvil y de pronto colisiona con una persona, provocán-

dole ello latigazo cervical.

La parte demandada cuestiona que se haya establecido la minusvalía física en un 25%, pero en este aspecto, entiendo que corresponde confirmar lo decidido en grado. Digo ello por-

que el perito médico llegó a esta conclusión luego de realizar un examen clínico y estudios complementarios, tales RMN de co-

lumna cervical, EMG de miembros superiores y Rx de columna cervical y expresó que el actor presenta rectificación de la lordosis cervical, prominencia bilateral del anillo fibroso correspondiente al disco intervertebral C3-C4 y pinzamiento del espacio intervertebral C4-C5; EMG neurogénico, con compro-

miso de tipo radicular irritativo en territorios de C5, C6 y C7 bilateral, rectificación cervical y estrechez posterior de 6º y 7º especio intervertebral.

Concluye que el actor padece cervicobraquialgia postrau-

mática, con alteraciones clínicas, radiológicas y electromio-

gráficas leves a moderadas que en virtud de lo dispuesto en el baremo ley 24.557 lo incapacitan en un 25% t.o. (fs. 74).

Fecha de firma: 06/11/2019 Alta en sistema: 07/11/2019 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R...

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