Ganancias: qué puede pasar en 2020 con el impuesto que pagan las personas

El salario más bajo alcanzado por el sería, en 2020, entre un 17 y un 21% más elevado que el actualmente vigente y se ubicaría, en el caso de un empleado sin cargas de familia ni otras deducciones, en un monto de entre $53.600 y $55.600 (las cifras son de ingresos promedio mensuales, incluyen el proporcional del aguinaldo y son netas de aportes a la seguridad social). Es decir, el incremento de la base para tributar sería de un porcentaje bastante inferior a la inflación, no solo de la referida a 2019, sino también de la que se cree que habrá en 2020 (se estima un 42%, según los economistas que responden al Relevamiento de Expectativas de Mercado del Banco Central). En el caso de un asalariado con cónyuge y dos hijos a su cargo, el mínimo sujeto a Ganancias se ubicaría entre $70.900 y $73.500, aproximadamente.Sin embargo, si existiera una decisión política de prorrogar el incremento de los parámetros del impuesto dispuestos por el Gobierno luego de las PASO, en agosto último, las cifras mencionadas serían significativamente superiores y el impuesto se aliviaría de manera más fuerte para todas las personas alcanzadas por esta carga fiscal (este último efecto se produce siempre que suben los montos liberados del tributo).¿De qué depende cuáles serán, finalmente, los parámetros que regirán para ? La ley dispone que la actualización de la llamada "ganancia no imponible" y de las deducciones generales que determinan quiénes tributan (y cuánto) se haga anualmente en función de la variación que, entre los meses de octubre previos, haya tenido la Remuneración Promedio Imponible de los Trabajadores Estables (Ripte). Para 2019 eso determinó que los valores subieran un 28,29%: al estar ese índice muy por debajo de la suba de precios, la consecuencia fue una mayor presión impositiva, aun con una pérdida de poder adquisitivo de los contribuyentes.Dada esa situación, en agosto pasado se emitió el decreto 561, que dispuso elevar un 20% las bases del impuesto (no en su totalidad, porque las deducciones por hijo o por cónyuge, por ejemplo, no se modificaron, ni se cambiaron tampoco los valores de la tabla que define, según la cuantía de los ingresos, qué alícuota se toma en cada caso)."Ese aumento del 20% es solo aplicable para 2019 y así lo aclara el decreto; entonces, no puede usarse ahora como parámetro de cálculo para 2020", explicó a LA NACION una fuente del Gobierno. La medida del Poder Ejecutivo, en su primer artículo, le encomendó específicamente a...

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