Ganancias: qué dice el proyecto de ley de la oposición para actualizar el impuesto con mayor frecuencia

El Gobierno anunció que en noviembre subirá el piso salarial para tributar Ganancias, pero no se modifican todos los valores que definen cuánto se paga por el impuesto

El diputado Martín Tetaz (Evolución Radical-CABA) presentó hoy un proyecto de ley para que tanto los montos que definen qué salarios están alcanzados por Ganancias, como también los valores de la tabla de alícuotas del impuesto, se actualicen cada tres meses, siguiendo la evolución de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

La propuesta de que se reajuste más frecuentemente y a un mismo tiempo todo el esquema del tributo busca evitar, según el legislador, las distorsiones que provocan los cambios introducidos por el actual gobierno a partir de una ley aprobada en 2021, que fue en ese entonces promovida por el actual ministro de Economía, Sergio Massa.

Desde inicios de 2018 rige un mecanismo legal por el cual las actualizaciones del impuesto (de los valores no imponibles y también de los incluidos en la tabla) se hacen en el inicio de cada año, según la variación interanual del mencionado indicador de salarios formales, el Ripte, al mes de octubre; es decir, se previó una actualización cada doce meses.

Por la aceleración del ritmo de la inflación y el consecuente incremento nominal de los sueldos, el Gobierno hizo una modificación de la ley el año pasado, que incluyó una delegación de facultades al Poder Ejecutivo: eso llevó a que se decidieran subas del piso salarial a partir del cual se tributa en diferentes momentos y de manera discrecional, más allá de la actualización anual (que sigue vigente). En 2021, tal cosa ocurrió en septiembre (luego del reajuste que se había hecho por ley en mayo), mientras que en el actual 2022 hubo una primera actualización del monto en junio y habrá otra a partir de noviembre, que hará que el salario bruto más bajo alcanzado por el gravamen sea de $330.000. Habrá también deducciones especiales incrementadas (que alivian la carga fiscal) para quienes tengan remuneraciones de entre ese monto y $431.988, según lo dicho en el anuncio de la medida, que todavía no fue oficializada.

Esas modificaciones del piso para tributar se hace con una modalidad que elude tocar tanto los montos no imponibles para muchos de los asalariados que quedan alcanzados por el impuesto, como los valores de la tabla que define con qué alícuota se calcula la carga fiscal en cada caso. En consecuencia, el tributo pierde progresividad y, apenas...

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