Ganancias: lo que se cobró de más será devuelto en cinco cuotas

A través de una resolución, informó que el dinero que los contribuyentes pagaron de más desde el inicio del año será devuelto por el Gobierno en cinco cuotas iguales, en un contexto de alta inflación.

Por otra parte, los tributaristas consultados por LA NACION indicaron que buena parte de la mejora del 5 al 6% en los sueldos de bolsillo, anunciada el lunes pasado por el ministro de Economía, Axel Kicillof, quedará prácticamente diluida una vez que se concreten los aumentos surgidos de las negociaciones paritarias.

para tener mayor fuerza legal- no modifica el problema generado por la falta de actualización de las escalas del impuesto (congeladas desde antes del estallido de la convertibilidad) ni del mínimo no imponible, que fue aumentado por última vez en 2013.

Por lo tanto, todos los tributaristas consideraron que se trata de una nueva "tablita" que sólo busca frenar los reclamos gremiales y los pedidos de aumentos salariales superiores al 25%, el tope que Kicillof impuso para este año. La resolución confirma que el beneficio rige para los salarios brutos de $ 15.000 a $ 25.000 sobre la base de 2013, y establece seis niveles dentro de ese rango para calcular el impuesto.

La norma confirma que no habrá ningún alivio para los autónomos, que seguirán seriamente afectados por el impuesto.

Por otro lado, incorpora una novedad al expresar que, dado que el período analizado es enero-agosto 2013, para las personas que se incorporaron al mercado laboral en septiembre de ese año, si en marzo de 2015 ganaban más de $ 25.000, no gozarán de ningún alivio fiscal. Por otra parte, quienes en agosto de 2013 ganaban más de $ 25.000 y estaban por lo tanto excluidos del beneficio aplicado ese año, si ahora ganan menos de ese límite se verán beneficiados.

En cuanto a la devolución de lo cobrado en forma excedente, la resolución dice: "Ante el supuesto de importes retenidos en exceso, los agentes de retención [es decir, las empresas empleadoras] deberán efectuar la devolución del monto correspondiente en cinco cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a partir del mes en que se genere el saldo a favor del beneficiario inclusive". Ese importe "deberá estar consignado en el respectivo recibo de sueldo [...] identificándolo con el concepto devolución ganancias".

La devolución, que no será en efectivo sino a través de una retención más baja en los meses siguientes, podría demorar hasta fines de 2015, en un contexto de una inflación cercana al 2% mensual.

El...

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