Sentencia nº 120 de Cámara de Apelación de Circuito de Santa Fe, 24 de Junio de 2015

Presidente1245/16
Fecha de Resolución24 de Junio de 2015
EmisorCámara de Apelación de Circuito de Santa Fe

Santa Fe, 24 de junio de 2015.

AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados: "GAMBINO, L.A. c/ LÓPEZ, S.M. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS (REVOCATORIA) - PRUEBAS ACTORA" (Expte. N° 120 - Año 2014), venidos del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Segunda Nominación, Segunda Secretaría, de esta ciudad. Y,

CONSIDERANDO: I) A fs. 9 de estas actuaciones, el apoderado de la parte demandada interpone recursos de revocatoria y apelación en subsidio contra el decreto de fecha 24 de febrero de 2014 (fs. 7) que proveyera el ofrecimiento de pruebas efectuado por el actor a fs. 4/4 vto..

A fs. 21/22 luce agregada la Resolución No. 304, de fecha 23 de septiembre de 2014, que rechaza el recurso de revocatoria interpuesto, aunque nada dice en relación al recurso de apelación subsidiariamente interpuesto.

Contra dicha resolución, a fs. 23 la parte actora interpone recursos de nulidad y apelación, sólo en lo que atañe a la imposición de costas, los que son concedidos a fs. 24 en relación y con efecto suspensivo.

A fs. 33/34 el recurrente ha expresado agravios.

A fs. 38 el demandado contesta los agravios formulados.

El decreto llamando los autos para dictar resolución se encuentra firme.

II) No se advierten en esta instancia elementos que ameriten la declaración de nulidad de la resolución recurrida, ni dichos elementos han sido alegados por el recurrente, de manera que dicho recurso deberá ser declarado desierto.

III)1. En cuanto al recurso de apelación, la materia de dicho recurso y de los agravios formulados gira en torno a la forma en que el a quo impuso las costas del recurso de revocatoria interpuesto por el demandado. En efecto, el Sr. Juez de Primera Instancia, pese a rechazar el recurso intentado por el accionado, impuso las referidas costas al actor por entender que había inducido a error al juzgado y dio lugar a que el apelante interpusiera el mencionado recurso de revocatoria.

En este sentido, lo ocurrido puede sintetizarse así: el actor ofreció pruebas a fs. 1, las que fueron proveídas por el juzgado inferior. Posteriormente, a fs. 2 el recurrente presenta un escrito solicitando se provean las pruebas oportunamente ofrecidas con la demanda, las que son transcriptas a fin de formar el cuaderno de pruebas correspondiente (el apelante afirmará luego que lo solicitó así por habérsele informado en Mesa de Entradas del juzgado que el cuaderno de pruebas originalmente formado con el primer escrito de ofrecimiento de pruebas de su parte se había extraviado). El...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR