Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín , 22 de Octubre de 2013, expediente 1.362/2012

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2013

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de San Martín Causa 1362/2012 Orden 10475

Gales, R.A. y otros c/ Estado Nacional –

Ministerio de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos s/ Diferencias Salariales y cobro de pesos

Juzgado Federal de Campana Secretaría 1

SALA II - R° 59/13 F°293/296

En San Martín, a los 22 días del mes de octubre del año dos mil trece, se reúnen los Señores Jueces de la Sala II de esta Cámara Federal, a fin de pronunciarse en los autos caratulados “GALES, R.A. Y OTROS C/

ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE SEGURIDAD, JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS S/ DIFERENCIAS SALARIALES Y COBRO DE

PESOS”. De conformidad con el orden de sorteo,

El Dr. A.D.C. dijo:

  1. El Sr. Juez de Primera Instancia hizo lugar a la demanda interpuesta por R.A.G., M.Á.G., J.A.N., L.R., G.P.R., P.E.G., E.H.R., R.S.B., M.C.M.,

    B.M.G., C.E.E., W.I.F., J.D.F., C.H.L., S.O.R., A.D.O. y J.D.Á. contra Prefectura Naval Argentina y ordenó liquidar los haberes de los actores incluyendo los suplementos salariales denominados “adicionales transitorios” establecidos por los decretos 1104/05,

    1246/05, 1126/06, 861/07, 884/08 y 752/09, en el concepto “sueldo” (cod. 201) y a partir de ello recalcular y actualizar el resto de los conceptos y/o rubros que integran el salario mensual de los accionantes. Además,

    condenó al pago de las retroactividades desde la entrada en vigencia de cada uno de los decretos, con más los intereses hasta el día de su efectivo pago, a la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina,

    conforme las pautas fijadas por el Tribunal Cimero in re “Z., O.A. c/ M° de Defensa-Dto. 871/07

    s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”. Impuso las costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC) y difirió la regulación de los honorarios profesionales (fs. 120/124).

    Para así resolver consideró que el artículo 5°

    del decreto 1104/05 y los artículos referidos al adicional transitorio, no remunerativo y no bonificable,

    dispuestos en los decretos 1126/06, 861/07, 884/08 y 752/09 implicaron un incremento salarial mínimo garantizado para todo el personal en actividad, que absorbió la mejora recibida en relación a los adicionales de que se trata y así siguió determinándose en los Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de San Martín Causa 1362/2012 Orden 10475

    Gales, R.A. y otros c/ Estado Nacional –

    Ministerio de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos s/ Diferencias Salariales y cobro de...

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