Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 24 de Agosto de 2005, expediente Ac 94026

PresidenteSoria-Hitters-Genoud-Kogan-de Lázzari
Fecha de Resolución24 de Agosto de 2005
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 94.026 "G., M.I.A. provisorios. R.. de queja".

//P., 24 de Agosto de 2005.

AUTOS Y VISTO:

En estos autos el juez del tribunal de familia decretó la prestación de alimentos provisorios que deberá pagar M.J.M. a su cónyuge M.I.G. y fijó los mismos en la suma de $ 2300 mensuales a partir de la fecha de la resolución. Deducido recurso de reconsideración contra tal decisión, el tribunal hizo lugar parcialmente al mismo y modificó la referida cuota, estableciéndola en la suma de $ 1700.

Contra dicho pronunciamiento interpuso el demandado recurso extraordinario de nulidad, cuya denegatoria motivó la presente queja (art. 292, C.P.C.C.; fs. 36/40).

Reiteradamente ha sostenido esta Corte que corresponde vincular el concepto de sentencia definitiva con la posibilidad de cancelar vías hábiles para lograr la reparación de un derecho lesionado. Pues, mientras la cuestión pueda renovarse en otra oportunidad procesal o en otro juicio, en tanto exista un medio por el que sea viable reparar el agravio causado por la violación o errónea...

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