Por Gabriela M. Pinat

EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición16 de Junio de 2014

POR

GABRIELA M. PINAT

Por orden del de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación, de Rosario, Provincia de Santa Fe, en autos: LUCCA, LUIS CASIMIRO y Ot. s/CONCURSO PREVENTIVO- HOY QUIEBRA” Ex. 1217/96, la Martillera Pública Gabriela María Pinat, D.N.I. 18.107.907, Matrícula Nº 1600-P-144 subastará el día 30 de Junio de 2014 a las 16,30 hs., en la Asociación de Martilleros de Rosario sito en calle Entre Ríos Nº 238, el siguiente inmueble: Un lote de terreno , con todo lo en él edificado clavado y plantado de su exclusiva propiedad, designado con el número cinco b en el plano de mensura y subdivisión practicado en marzo del año mil novecientos cincuenta y seis por el Ingeniero Civil Luis Ekdesman, archivado en el departamento Topográfico de la provincia bajo el número once mil setecientos setenta y dos, situado en esta ciudad en la calle Juan B. Justo, entre las de Juan B. Cordiviola y Luis M. Drago, antes número Veintinueve, a los treinta y cuatro metros sesenta y cuatro centímetros al Este de esta última calle, compuesto de de siete metros treinta y seis centímetros de frente al Sur por trece metros cincuenta y cinco centímetros de de fondo, o sea una superficie Noventa y nueve metro siete mil doscientos ochenta centímetros cuadrados, lindando por su frente, al Sur con la calle Juan B. Justo, antes calle número Catorce; al Oeste con Antonio J. García- y por los demás rumbos, Este y Norte, con el lote Cinco a. del mismo plano, inscripta en el Registro de Propiedad Inmueble al T 236 Folio 257 Nro. 77633 Departamento Rosario, a nombre del demandado. No se registran Embargos E Hipotecas Inhibición: 1) Al T° 7 IC F° 242 Nº 338299 del 26/05/97, sin monto por este Juzgado y estos autos 2) T° 10 IC F° 265 N° 325327 del 27/03/00 sin monto por este Juzgado y estos autos. El inmueble se subastará como Desocupable (Art. 504 CPCC) según constatación efectuada por el Oficial de Justicia. Saldrá a la venta con una base de $ 600.000, para el caso de no haber postores saldrá seguidamente con una retasa del 25% y de persistir la falla de postores con una última base de $ 250.000. El comprador se hará cargo de lo adeudado en concepto de impuestos y tasas y contribuciones a partir de la declaración de quiebra (28/05/99), así como los gastos que arroje la protocolización de actuaciones judiciales y tramite de transferencia a efectuarse por el escribano público (en el caso de quiebras los gastos que se adeuden desde la fecha de la declaración de quiebra)...

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