Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 21 de Abril de 2021, expediente CNT 039063/2016/CA001

Fecha de Resolución21 de Abril de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

SALA VI

Expte Nº CNT 39063/2016

(JUZG. NRO. 39)

Autos: “GABOTO, MAXIMO C/GUIA LABORAL EMPRESA DE SERVICIOS

EVENTUALES S.R.L. Y OTRO S/DESPIDO“

Buenos Aires, 20 de abril de 2021

VISTO:

Las apelaciones de fecha 02/10/2020 (perito contadora) y 05/10/2020 (representación letrada de la parte actora);

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, las regulaciones de honorarios de la representación letrada de la parte actora y de la perito contadora, lucen equitativas, por lo que corresponde su confirmación (Art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias vigentes).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar las regulaciones de honorarios de la representación letrada de la parte actora y de la perito contadora (Art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias vigentes).

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

Fecha de firma: 21/04/2021

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA INTERINA

Regístrese, notifíquese y vuelvan.

  1. POSE

JUEZ DE CAMARA

LUIS A. RAFFAGHELLI

JUEZ DE CAMARA

Ante mí.-

Fecha de firma: 21/04/2021

Firmado por: C.P...

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