Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 10 de Septiembre de 2019

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2019
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita524/19
Número de CUIJ21 - 512549 - 6

Reg.: A y S t 292 p 82/83.

Santa Fe, 10 de setiembre del año 2.019.

VISTOS: Los autos "G.T., M.P.c.C., I.E. -CAMBIO DE APELLIDO (CUIJ 21-11024640-1)" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00512549-6); y,

CONSIDERANDO:

  1. Surge de las constancias de autos que contra la decisión del Juez de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia de la Séptima Nominación de Rosario que admitió parcialmente la demanda y en consecuencia dispuso "1) (...) que el niño F. (...) sea inscripto con el consiguiente orden de apellidos, primero el materno G.T., segundo mantener el paterno C., siendo su nombre completo F.G.T.C." con costas por su orden (fs. 1/11), la accionante interpuso recurso de revocatoria parcial ante el pleno con apelación en subsidio que, por resolución de fecha 8 de octubre de 2018, rechazó el mismo confirmando la sentencia (fs. 23/26), frente a la cual se interpuso recurso de apelación extraordinaria que, mediante el decisorio del 5 de noviembre de 2018, fue denegado por el citado órgano jurisdiccional (fs. 37/39).

    Contra este decisorio, la parte actora interpone recurso de queja por denegación del recurso de apelación extraordinaria, que fue rechazado por la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario mediante acuerdo de fecha 8 de mayo de 2019 (fs. 51/61).

    Contra este pronunciamiento, la parte accionante "interpone recurso de queja ante la Suprema Corte de Justicia de Santa Fe por denegación del recurso de apelación extraordinaria", considerando arbitraria la decisión de la Alzada de rechazar la queja (fs. 66/72).

  2. El examen de las presentes actuaciones conduce a desestimar por manifiestamente improponible el recurso intentado.

    En efecto, contra la resolución de la Sala Primera de...

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