Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala E, 12 de Septiembre de 2016, expediente CIV 017617/2009/CA001

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala E

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional 1 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA E 17.617-09.- “G. A. S. C/ D. O. O. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” (30).-

Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los doce días del mes de septiembre de dos mil dieciséis, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S. “E”, para conocer en el recurso interpuesto en los autos caratulados: “G. A. S. C/ D. O. O. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, respecto de la sentencia corriente a fs. 503, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada?

Practicado el sorteo resultó que la votación debía efectuarse en el siguiente orden: Señores Jueces de Cámara Doctores CALATAYUD. RACIMO.

DUPUIS.

El Señor Juez de Cámara Doctor CALATAYUD dijo La actora promovió esta demanda tendiente a que se le indemnicen los daños y perjuicios que dice haber sufrido el 10 de junio de 2008, siendo aproximadamente las 7,45 horas, oportunidad en la cual viajaba como pasajera del colectivo de la línea 132 -propiedad de Nuevos Rumbos S.A.-, conducido por el codemandado D., en circunstancias que después de haber abonado el boleto respectivo y haberse ubicado en la parte trasera del vehículo asida del pasamano correspondiente, en la esquina de las calles Tandil y P. de esta ciudad cayó pesadamente al suelo producto de una brusca frenada. Aseveró que fue asistida por otros pasajeros que la ayudaron a ponerse de pie y a descender del rodado para luego trasladarse por sus propios medios hacia la Clínica Ciudadela donde recibió los primeros auxilios médicos y continuando con posterioridad su tratamiento en el Sanatorio Anchorena. Tomó

intervención la Unidad Funcional de Instrucción n° 1 del Departamento Judicial de San Isidro, en donde tramita la causa n° 13.534. Describe las lesiones sufridas: traumatismo de cráneo con pérdida momentánea de la conciencia, seguido de un cuadro obnubilatorio, cervicalgia y lumbociatalgia traumáticas con compromiso neurológico, severo traumatismo y desplazamiento de coxis, daño en la articulación del hombro y codo izquierdos, síndrome meniscal de rodilla y escoriaciones varias (ver fs. 6/14).

Cuando contestaron la demanda, la empresa de transporte y su aseguradora efectuaron una pormenorizada negativa de los hechos, que la actora fuera pasajera del interno referido y la documentación acompañada, por lo que niegan la Fecha de firma...

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