Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 11 de Junio de 2019, expediente CFP 012713/2018/2/CA001

Fecha de Resolución11 de Junio de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 12713/2018/2/CA1 CCCF - Sala I CFP 12713/18/2/CA1 “G R E s/ procesamiento”

Juzgado N° 2 – Secretaría N° 4 Buenos Aires, 11 de junio de 2019.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. El Defensor Auxiliar Oficial Dr. J.M.V., interinamente a cargo de la Defensoría Oficial N° 3, interpuso recurso de apelación contra el decisorio por el cual se decretó el procesamiento de R E G en carácter de autor del delito de tenencia con fines de comercialización, previsto por el artículo 5to. inciso “c” de la ley 23.737.

  2. Concretamente, conforme surge del sumario policial, se lo observó al imputado dentro de un vehículo mal estacionado, quien al notar la presencia de los efectivos comenzó a realizar movimientos bruscos para luego descender del mismo e intentar alejarse del lugar. En esa oportunidad, se secuestró dentro del rodado -sujeto a la palanca de cambio-, un envoltorio de nylon con dos trozos compactos de cocaína, que arrojaron un peso total de 100,253 gramos.

  3. El recurrente instó el sobreseimiento de su pupilo, tras postular la nulidad del procedimiento que dio origen a las presentes actuaciones, la posterior detención y requisa practicada sobre el nombrado y el vehículo en cuestión.

    Por otro lado, alegó una arbitraria valoración de los elementos probatorios incorporados que fundaron la decisión Fecha de firma: 11/06/2019 Alta en sistema: 12/06/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., PROSECRETARIO DE CAMARA #33522667#236913392#20190611102228504 cuestionada, sobre la base de que las versiones brindadas por los preventores y los testigos se contradecían con la del encartado.

    En el mismo orden de ideas, manifestó que no se desprendía del teléfono celular secuestrado al imputado dato alguno que permitiera presumir que la droga que detentaba estaba destinada a la comercialización.

    Luego de alegar la falta de pruebas que permitiesen sustentar la calificación legal escogida por el a quo -al momento del hecho no se observó al imputado realizando un pasamanos, lo que se suma a la ausencia de registros fílmicos y tareas de investigación-, solicitó la significación del suceso como una tenencia simple de estupefacientes (artículo 14, primera parte, de la ley 23.737).

    Los Dres. L.O.B. y Pablo D.

    Bertuzzi dijeron:

  4. Sobre la nulidad En respuesta al planteo de la recurrente, debemos señalar que en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR