Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 7 de Agosto de 2017, expediente CFP 009004/2017/2/CA002

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 9004/2017/2/CA2 CFP 9004/2017/2/CA2 “E. G., M.A. y otros s/ recusación -ofrecimiento de prueba”.

J.. Fed. n° 12 – S.. n° 24.

Buenos Aires, 7 de agosto de 2017.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Corresponde expedirse respecto de la admisibilidad de la prueba ofrecida por los Dres. L.O., L.F. y A.N., defensores de M.A.E.G., S.S. y L. L. E. A., en oportunidad de plantear la recusación del instructor del caso.

Al respecto, se observa que la pretendida remisión de los expedientes –con excepción del principal de esta instrucción, que oportunamente se solicitará- es innecesaria, pues las circunstancias que los incidentistas invocan como relevantes a los fines de su planteo se encuentran plasmadas en decisiones judiciales que pueden consultarse a través del sistema informático Lex 100. Similar es la situación con respecto a las notas periodísticas invocadas –de las cuales se pide la procura de sus originales-, en tanto los datos para confrontarlas vía internet constan en el legajo. Por ende –con el alcance explicado-, no se hará lugar a la prueba instada, todo lo que ASÍ SE RESUELVE:

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