Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 5 de Febrero de 2003, expediente Ac 86770

PresidenteSalas-de Lázzari-Roncoroni-Soria-Kogan
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 86.770 “Incidente de competencia e/ Tribunal de Menores Nº1 de San Isidro y Tribunal de Menores Nº2 de Mercedes en causa 'G., M.I.; A., D.H. y C., N.J.T. de robo'“.

//Plata, 05 de febrero de 2003.

AUTOS Y VISTO:

Que de conformidad con lo establecido por el art. 13 del dec. ley 10.067, t.o., dec. 1304/1995, la prevención del Juez de Menores perdura aún cuando haya dispuesto el cierre de la causa penal (Ac. 34.252, 30-VII-1985).

Que en el caso, habiendo prevenido el señor Juez de Menores de Mercedes respecto de N.J.C. conforme lo que surge de la resolución de fs. 15/16, debe entender en la causa que se iniciara con posterioridad en San Isidro, no siendo obstáculo para así...

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