G M D s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD
Número de expediente | CIV 021256/1997 |
Fecha | 30 Diciembre 2019 |
Número de registro | 253704626 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J 21256/1997 G M D s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD Buenos Aires, 30 de diciembre de 2019.- JN AUTOS Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO:
Vienen las presentes actuaciones a conocimiento de esta Sala con motivo de los recursos de apelación interpuestos a fs. 1735 por el curador definitivo Dr. N V (quien funda a fs. 1743/1744), y a fs. 1742 por la Sra. Defensora Pública Curadora (quien adhiere a dichos fundamentos a fs. 1772), contra la sentencia de fs. 1729/1732, mediante la cual se restringió la capacidad de la causante y no se hizo lugar a la designación de figuras de apoyo en forma indistinta de los Dres. N V y D, sino que sólo se designó al primero con funciones de representación.
A fs. 1781/1782 vta. emite dictamen la Sra. Defensora de Menores e Incapaces de Cámara.
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A fs. 1647/1648 y fs. 1662/1666 lucen el informe socio-
ambiental y el informe interdisciplinario, respectivamente, los que dan cuenta de las limitaciones a la capacidad de la tutelada (mujer de 75 años con esquizofrenia residual y trastorno bipolar).
Por su parte, a fs. 1695 consta el acta de audiencia que da cuenta de la entrevista personal mantenida por el Sr. Juez de grado con la Sra. M.D.G. el día 26 de junio de 2018, dándose así
cumplimiento a lo previsto por el art. 40 del CCyCN. En dicha audiencia la Sra. G. manifestó su conformidad con la designación como figuras de apoyo de los Dres. N V y D en forma indistinta.
A fs. 1729/1732 vta. se dictó sentencia y se resolvió restringir la capacidad de la causante para los actos que allí se enumeran, designándose como figura de apoyo con funciones de representación a su curador definitivo Dr. N V.
Esto último es motivo de agravio tanto para el curador como para la Sra. Defensora Pública Curadora, argumentando que no se está
Fecha de firma: 30/12/2019 Firmado por: S.G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: VERON B.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: B.P., JUEZ DE CAMARA #14887494#253704626#20191230121927323 respetando la voluntad de su tutelada y su deseo de designación conjunta con el Dr. D, lo que no acarrearía ningún perjuicio (ver fs.
1743/1744 vta.).
A fs. 1741 la Sra. Defensora Pública Curadora adjuntó un acta de la que se desprende que la Sra. G. manifestó su deseo de que sea designado el Dr. D como figura de apoyo.
A fs. 1763 la causante se manifestó en sentido contrario.
Finalmente, en la audiencia de la que da cuenta el acta de fs.
1769 (de fecha 9/09/19), la causante manifestó estar de acuerdo con la designación conjunta de ambos letrados como figuras de...
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