Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 31 de Mayo de 2021, expediente CIV 049058/2013/CA001

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2021
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G

G.M.B. Y OTROS c/ P. S. P. Y OTROS s/NULIDAD DE

ESCRITURA/INSTRUMENTO

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EXPTE. N CIV 49058/2013 - JUZG.: 49

LIBRE N CIV/49058/2013/CA1

En la Ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los 31 días del mes de mayo de dos mil veintiuno, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, para conocer en el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: “G.M.B. Y OTROS c/ P. S. P. Y OTROS

s/NULIDAD DE ESCRITURA/INSTRUMENTO”, respecto de la sentencia de fs.430/450, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿ES JUSTA LA SENTENCIA APELADA?

Practicado el sorteo resultó que la votación debía realizarse en el siguiente orden: Señores Jueces de Cámara Doctores C.A.C.C., C.A.B.,

G.M.P.O..

A la cuestión planteada el Juez de Cámara Doctor C.C. dijo:

  1. La sentencia La sentencia de fs. 430/450 hizo lugar a la demanda interpuesta por M.M.G., M.R.G., M.E.G., E.G. y M.

    G. G., contra S.P.P. y los herederos del escribano Á. F.S. y decretó la nulidad por inexistencia de matricidad de la escritura número diez de fecha 23 de enero de 2001 pasada en primera copia al folio XX en la actuación notarial N XXXXXXXXX, cuya copia certificada Fecha de firma: 31/05/2021

    Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.C.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA

    actuarialmente se halla a fs. 5/6 de la causa “G., M. A. s/ sucesión testamentaria”, expte. n° 114.541/2016, que figura pasada por ante el escribano Á. F.S., en cuanto contiene un testamento atribuido a M.A.

    G. en favor de S.P.P.

    A su vez, declaró la nulidad de los actos jurídicos derivados de la presentación sustentada en el invocado carácter de único y universal heredero del demandado S.P.P. en la aludida causa a partir de la declaración de validez extrínseca del testamento, e impuso las costas del proceso exclusivamente al mencionado S.P.P.

  2. El recurso El fallo solo fue apelado por los sucesores del notario, Á. F.S.F., J.S.F. y M.S.F.

    En su memorial de fs. 486/487, contestado por la Defensora Pública de Menores e Incapaces de Cámara a fs. 499/500

    en representación de M.M.G. afectada en un proceso de determinación de capacidad, reclaman que “se dicte sentencia en razón de la inexistencia de responsabilidad por parte del Escribano Á.F.S.”.

  3. La responsabilidad del escribano A fs. 23/25 los nombrados de la familia G.

    articularon...

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