Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 13 de Junio de 2017, expediente CFP 008025/2013/60/CA018

Fecha de Resolución13 de Junio de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 8025/2013/60/CA18 CCCF - Sala I CFP 8025/13/60/CA18 “G L, M (J.L.) s/ autorización para salir del país”

Juzgado 2 – Secretaría 3 Buenos Aires, 13 de junio de 2017.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Vuelven las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto a fs. 37/vta. por el Dr. G.R.D., en cuanto decidió no hacer lugar a la solicitud de autorización de salida del país de su asistido, M GL (J.L.) (ver resolutorio de fs. 33/4).

  2. El titular del Juzgado Federal N° 2, Dr.

    S.R., al momento de negarle el permiso solicitado, y en concordancia con lo esgrimido por el Dr. R. a fs.32/vta., tuvo en cuenta el estado en que se encuentran los autos principales –con posterioridad a la solicitud, exactamente tres días luego, el Sr. Fiscal requirió la elevación de las actuaciones a juicio-, la situación procesal del peticionante, y la posibilidad de ordenarse en lo inmediato alguna medida que requiera la concurrencia personal del imputado ante los estrados del tribunal.

  3. La defensa, tras tachar el decisorio de inquisitivo, arbitrario e incluso tendencioso, se agravió respecto de la negativa aduciendo la inexistencia de peligros procesales que inhabiliten a su asistido acceder al viaje peticionado, máxime considerando que su finalidad es el inicio de las acciones sucesorias por el fallecimiento de su padre.

  4. Previamente a ingresar en el fondo de la cuestión debe indicarse que con fecha 5 de mayo se decretó la Fecha de firma: 13/06/2017 Alta en sistema: 16/06/2017 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR