Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 27 de Diciembre de 2022, expediente CIV 072677/2015/CA001

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala K

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K

G., K.M.C.H., J. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS – RESP. PROF. MÉDICOS

Y AUX.

Expediente n° 72.677/2015

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n°79

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 27 días del mes de diciembre del 2022, hallándose reunidas las Señoras Vocales de la Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil a fin de entender en el recurso de apelación interpuesto por la actora en los autos caratulados "G., K.M.C.H., J. Y OTROS S/ DAÑOS Y

PERJUICIOS – RESP. PROF. MÉDICOS Y AUX.”, habiendo acordado seguir en la deliberación y voto el orden de sorteo a estudio, la Dra. S.P.B. dijo:

I- Vienen los autos a este Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuestos por la parte actora (29 de abril del 2022) contra la sentencia de primera instancia (26 de abril del 2022). Oportunamente, se fundó (23 de agosto del 2022) y recibió réplica (9 de septiembre del 2022). Posteriormente, se llamó autos para sentencia (30 de septiembre del 2022).

II- Los antecedentes del caso La señora K. M. G. reclamó por daños y perjuicios sufridos a raíz de la mamoplastía de aumento realizada por el cirujano D.H.J., en su consultorio ubicado la calle I. 864 de esta ciudad, el día 11 de febrero del 2015.

Relató que la misma se efectuó por detrás de la glándula mamaria -subglandular- con una incisión debajo de la mama -submamaria- y que, en la intervención quirúrgica, se omitieron colocar los correspondientes drenajes.

Contó que, una semana después aproximadamente, se le extrajeron los puntos y que, aparentemente, uno de los localizados en la parte interna de la mama izquierda había quedado a la vista. Manifestó que el D.J. le había dicho que se absorbería, lo que no ocurrió.

Mencionó que, con fecha 5 de marzo del 2015, comenzó a sufrir fuertes dolores e inflamación en su mama izquierda. Indicó que, debido a ello, al día siguiente, acudió

al consultorio del referido médico. Afirmó que este le dijo que se habría formado un líquido -seroma- que se absorbería. Le recetó la toma diaria de Lotrial y ordenó la realización de una ecografía mamaria para descartar la existencia de colecciones líquidas alrededor del implante.

Fecha de firma: 27/12/2022

Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.E.M., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA

Refirió que el malestar, la inflamación y la mal apariencia de la mama se intensificaron. Por ello, el día 10 de marzo de ese año, fue a ver al D.J., quien, según señaló, insistió con esperar a que la medicación cumpla sus efectos. Sostuvo que se negó a realizarle un examen clínico a fin de descartar la presencia de infección.

Narró que, el día 13 de ese mes y año, presentó fiebre, dolor progresivo y aumento considerable de eritema, como así también su marido observó en su mama la existencia de puntos abiertos y pus.

Apuntó que, ante esta situación, llamó al profesional, pero se encontraba de vacaciones, por lo que le facilitaron su número de contacto. Al comunicarse telefónicamente, le relató su padecimiento y le consultó si podía tomar amoxicilina 500,

lo que autorizó.

Señaló que, el día 17 de marzo, observó que la herida se había abierto en forma de tajo. Llamó nuevamente al Dr. J. quien la derivó con el D.H.M.. Este le explicó que se encontraba en grado de infección extrema y requería la extracción de la prótesis urgentemente. Mencionó que le dijo que había que extraerlo en el consultorio ya que no podía usar el quirófano, a lo que la actora se negó.

Contó que, si bien le pidió la orden de internación a fin de asistir a la guardia de su obra social “Medicus”, ello fue negado, por lo que accedió a que se lo quitara allí.

Describió que fue imposible y que, a través del profundo corte, se podía observar la prótesis.

Aseguró que el cirujano le manifestó que era mejor esperar al Dr. J. y le ordenó

reposo, calmantes para el dolor y un antibiótico inyectable intramuscular, el que, según alegó, no consiguió debido a que son de uso hospitalario.

Expuso que, el día 18 de marzo, se dirigió a la guardia de la obra social donde la intervinieron quirúrgicamente, de manera urgente, a fin de extraerle el implante.

Manifestó que, luego de ello, sólo contaba con una prótesis, lo que la dificultaba en todos los ámbitos de su vida.

Atribuyó responsabilidad a los Dres. H. J. y H. E. M.. Además, solicitó la citación en garantía de “Seguros Médicos S.A.” (fs. 34/53).

El demandado J. contestó la presentación inicial y brindó su versión del suceso.

Sostuvo que la complicación ocurrida es absolutamente ajena a su actuación y/o intervención médica, en tanto respondió a las reacciones propias de la paciente ante la presencia de cuerpos extraños (prótesis e hilos de sutura).

Aseveró que ésta consultó por primera vez el día 3 de octubre del 2014,

oportunidad en la que fue informada de los riesgos de la cirugía. Relató que concurrió

nuevamente, el día 8 de enero del 2015, con la decisión de operarse, por lo que se Fecha de firma: 27/12/2022

Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.E.M., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K

solicitaron los estudios de rutina. Luego, el 23 de ese mes y año, corroboró que estos estén dentro de los parámetros normales, se probaron los tamaños de prótesis y se decidió el volumen dentro de los límites que le permitía su estructura corporal.

Narró que, el día 11 de febrero, se realizó la cirugía donde se colocaron prótesis mentor 350 cc. y, al día siguiente, se retiró la venda elástica, se controlaron las mamas y se colocó Tegaderm en las heridas quirúrgicas.

A la semana, el día 18 de febrero, se efectuó un nuevo control y se le entregó

Montelukas que ayuda medicamente a prevenir el encapsulamiento mamario. El 24 de febrero se le retiraron los puntos.

El día 6 de marzo, refirió que la actora concurrió al consultorio y observó la mama izquierda aumentada de tamaño, por lo que solicitó una ecografía mamaria. Con fecha 10 de marzo, volvió con el informe del estudio del Dr. F.. Además, expresó que,

en esta oportunidad, constató que drenaba escasa cantidad de líquido transparente,

que podría corresponder con un seroma, en razón de lo cual le entregó enalapril 5mg (Lotrial).

Explicó que, cuando se coloca un implante mamario, el organismo, como primera reacción al cuerpo extraño, secreta líquido que se suma al aire intra-

operatorio. El líquido se suele reabsorber en su totalidad en pocos días, pero, cuando ello no ocurre, busca como salida la zona más débil que, en este caso, fue la herida quirúrgica.

Aclaró que a la paciente se recomienda no mojarse la herida, continuar con el corpiño y concurrir al consultorio para realizar las curas. Afirmó que la actora no concurrió más al consultorio.

Contó que, el día 16 de marzo, debió viajar al interior del país por una urgencia y que, al día siguiente, recibió una llamada donde se le informó de la situación de la señora G. y, ante la imposibilidad de asistirla, la derivó al Dr. M..

Indicó que el día 18 de marzo, visitó a la legitimada activa en el Sanatorio Medicus y que el 20 de ese mes, la revisó en su consultorio donde le facilitó una prótesis para colocar en el corpiño a fin de disimular la asimetría. Manifestó que la controló nuevamente los días 25 y 31 de marzo, como así también el 4 de abril donde se observó una pequeña dehiscencia de la herida y se le indicó P. para su curación.

Asimismo, reconoció la documental acompañada referida a el consentimiento informado de fecha 11/2/2015, original y copia simple de la tarjeta de implante, ocho fotografías, dos estudios clínicos de fecha 18/3/2015, ecografía mamaria uni y bilateral previa a la operación de mamoplastia, ecografía mamaria bilateral luego de la Fecha de firma: 27/12/2022

Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.E.M., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA

mamoplastia, orden médica del 673/2015 ordenando la eco-mamaria bilateral, folleto y tarjeta personal y constancia de pago.

A su vez, peticionó la citación de tercero al codemandado, en el supuesto que la actora desista de la acción contra él (fs. 144/167).

Posteriormente, la aseguradora contestó la citación y reconoció la vigencia del contrato de seguro por responsabilidad profesional médica al tiempo de hecho respecto de los Dres. J. y M.. Acompañó la póliza que lo acredita.

Luego, adhirió a la contestación del D.J. y a la que, oportunamente, realizara el Dr. M. (fs. 190/193 vta.).

El señor M. respondió la demanda y brindó su versión de los hechos. Manifestó

que la primera vez que tuvo contacto con la señora G. fue el día 17 de marzo, en tanto el Dr. J. se encontraba de viaje. Refirió que, al revisarla, comprobó que tenía colocadas prótesis mamarias y que la izquierda presentaba herida quirúrgica infectada y el implante expuesto. Expresó que se le explicó a la accionante que en estos casos lo indicado es retirarlo, esperar un tiempo prudencial y recolocarlo luego de curada la herida.

Enunció que, con la conformidad de la actora, se procedió, en el Consultorio de Curación y con anestesia local, a agrandar 2 cm la incisión anterior y tratar de extraer la prótesis. Aseguró que este proceso no constituye una intervención quirúrgica y se trabaja sobre el terreno infectado, por lo que puede realizarse en ese ámbito.

Contó que, ante la imposibilidad de extraerlo, le planteó romper la cubierta de la prótesis, a lo que ella se negó.

Apuntó que se le indicó concurrir a la guardia de la Obra Social, a lo que también se negó debido a que quería que la viera el Dr. J.. Se le manifestó el riesgo de no asistir y, atento el cuadro que presentaba, se le ordenó antibiótico y analgésico.

Por lo expuesto, peticionó el rechazo de la demanda (fs. 247/268).

Finalmente, la legitimada activa y el demandado desistieron de la acción contra el Dr....

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