G., J. s/SUCESION TESTAMENTARIA / AB INTESTATO

Fecha24 Agosto 2023
Número de expedienteCIV 020903/2018/CA001

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J

20903/2018

G., J. s/SUCESION TESTAMENTARIA / AB INTESTATO

Buenos Aires, 24 de agosto de 2023.- IAG/R

AUTOS Y VISTOS:

  1. Vienen las actuaciones a esta Alzada a los fines de conocer en los recursos de apelación interpuestos contra la regulación de fecha 8/5/2023.

  2. La escribana M. P.

  3. C. (14/5/2023) apela por considerar bajos los honorarios que se le regulan mientras que el heredero M. G. lo hace por entenderlos elevados (12/5/2023).

    En sus agravios cuestiona el decisorio de grado y expone que no menciona el valor intermedio tomado sobre los lotes de terreno del Partido de Gral. P., entre el valor propuesto por ella y el de valuación fiscal. Por demás, entiende que el valor de los lotes y de las acciones no puede ser inferior a los U$S 120.000 por los fundamentos que expone y a los cuales nos remitimos en honor a la brevedad. Asimismo, solicita la aplicación al caso de la ley de arancel vigente (27.423).

  4. Determinado ello, se considera necesario precisar,

    en primer lugar, que es doctrina reiterada de nuestro Máximo Tribunal que los jueces no están obligados a seguir todas las argumentaciones que se le presenten, bastando las conducentes para resolver el conflicto (CSJN Fallos: 258:304; 262:222; 272:225; 278

    :271 y 291:390, entre muchos otros).

    Ahora bien, en primer lugar, no se encuentra discutido que la labor de la escribana se circunscribió a la protocolización del testamento ológrafo de autos, como así tampoco que el objeto del testamento se encuentra comprendido únicamente por el 50% de los tres lotes de los terrenos ubicados en el partido de General Pueyrredón y de las acciones en las sociedades que giran bajos la denominación "20 de noviembre S.A" y "empresa Tandilense S.A.C.I.F.I". De allí que sus agravios serán ponderados a partir de la Fecha de firma: 24/08/2023

    Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.L.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA

    labor efectivamente desarrollada en el contexto del proceso testamentario y a los efectos de su quantum a lo que justamente se legó.

    Así las cosas, se advierte que el decisorio de grado a los fines de establecer la base regulatoria y dada la disparidad entre los valores señalados el el obligado y la beneficiaria, adopta como pauta orientadora un valor intermedio a los propuestos por los involucrados, esto es el valor fiscal por el legatario testamentario y el valor real por la escribana designada en el proceso.

    Sobre el particular cabe destacar que la base regulatoria en el proceso sucesorio será el valor del patrimonio que efectivamente se transmite, y debe entenderse por tal el capital neto o liquido -vale decir con la deducción del pasivo-, por aplicación de la regla de que lo que debe tenerse presente es la verdadera significación económica del patrimonio relicto. En efecto, lo que se tiende a procurar es a que la determinación de los emolumentos encuentre sustento en valores reales y actuales El art. 23 de la ley de arancel contempla el supuesto en que medie disconformidad entre las partes en cuanto al interés económico involucrado, en cuyo caso, la ley arancelaria dispone la designación de un perito tasador para establecer la base económica de la retribución profesional.

    Ahora bien, realizada la estimación pertinente por el legitimado a hacerlo, se dará traslado al obligado al pago quien al contestarla podrá prestar conformidad o bien formular su oposición.

    En tal sentido, se ha entendido que si la parte se pronuncia a favor de la estimación (o sea, media conformidad) el juez tendrá que considerar como valor definitivo el consignado en la presentación,

    pues, según la estructura legal prima facie solo puede apartarse cuando no hubiese coincidencia. Los mismos efectos acarrearán que en la contestación los profesionales derechamente soliciten la regulación de sus honorarios, pues -en tal caso- cabe concluir que dieron su consentimiento para que se tomara como base aquel importe. Si, en cambio, media disconformidad u objeciones ello obligará al magistrado a la designación de un perito tasador, quien Fecha de firma: 24/08/2023

    Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.L.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J

    con su dictamen permitirá delimitar si la oposición era o no ajustada a la realidad. La disconformidad con la estimación practicada debe ser específica, esto es, que la parte debe hacer una estimación particular,

    distinta y propia; caso contrario, no haría fala nombrar al experto y cabría proceder directamente a establecerse la retribución de los honorarios tomando como base la estimación así conformada (cfr.

    G.M.P., “Honorarios en la Justicia Nacional y Federal…”, ed. Cathedra Jurídica, pág. 303) (cfr. “D. E. M. y otro s sucesión ab-intestato”, Exp. Nro. 7108/2013 del 5/4/2022).

    Determinado ello, de la compulsa de las actuaciones se observa que el objeto del testamento se encuentra comprendido por el 50% de los tres lotes de los terrenos ubicados en el partido de General Pueyrredón y de las acciones que posee en las sociedades que giran bajo la denominación de: "20 de noviembre S.A" y "Empresa Tandilense S.A.C.I.F.I".

    Así las cosas, se advierte en la especie que realizada la estimación por la profesional beneficiaria de la regulación (escribana), el heredero apelante, sólo se limitó a expresar que a la regulación debía solicitarse con el monto de la valuación fiscal de los terrenos ubicados en el partido de General Pueyrredón por el monto de $718.200 (ver). A partir de allí, entendemos entonces que la pretensión recursiva sobre el particular debe ser admitida favorable,

    pues, va de suyo que el monto propuesto por el heredero, si bien podría encontrar sustento en el cuerpo normativo arancelario, lo cierto es que tal estimación no expresa la estimación real y actual de los bienes relictos.

    En efecto, la disconformidad con la estimación practicada debe ser específica, esto es, que la parte debe hacer una estimación particular, distinta y propia; caso contrario no haría falta nombrar a un perito tasador y cabría proceder directamente a establecer la retribución de los honorarios tomando como base la estimación así conformada, tal como se hizo en la instancia de grado (cfr. "R.D.c.R.O.B. s/ impugnación de nulidad de testamento",

    Exp. Nro. 10087/2009, del 227/9/2021).

    Fecha de firma: 24/08/2023

    Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.L.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA

    Si bien la ley de arancel (art. 23) dispone que la base puede estar dada por la valuación fiscal, lo cierto es que ella debe estar incrementada en un cincuenta por ciento (50%), circunstancia que tampoco expuso el interesado al contestar el traslado de la estimación. No obstante ello, no debe pasarse por alto que es la misma ley quien le permite al profesional estimar la base cuanto la valuación antedicha resulte inadecuada al valor real del inmueble en...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex