Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 19 de Junio de 2017, expediente CFP 007078/2017/2/CA002

Fecha de Resolución19 de Junio de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 7078/2017/2/CA2 CCCF - Sala II CFP 7078/2017/2/CA2 “G. d. l. C., D. s/ excarcelación”.

J.. Fed. N° 10 – S.. N° 20 Buenos Aires, 19 de junio de 2017.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensora oficial, doctora F.G.P., quien ejerce la asistencia letrada de D.G. d. l.C., contra el auto que deniega su excarcelación.

  2. Se agravia la recurrente al considerar que no se encuentran reunidos los extremos que exige la normativa procesal para mantener la situación de detención de su defendido, a cuyos argumentos cabe remitirse, y en consecuencia solicita se le conceda la excarcelación, bajo las formas de libertad caucionada previstas en el artículo 320 del Código Procesal Penal de la Nación (ver. fs. 8/13).

  3. A criterio del Tribunal, los extremos considerados por el magistrado de grado resultan suficientes para tener por reunidos los elementos que obstan a la libertad peticionada, de conformidad con las pautas valorativas contenidas en el artículo 319 del Código Procesal Penal de la Nación.

En esa dirección, corresponde señalar que recientemente G. d. l.C. fue procesado con prisión preventiva por el delito de expendio de moneda extranjera falsa y encubrimiento -ver. resolución de fecha 12/6/17 obrante a fs. 255/264 de los autos principales-.

A su vez, vale recordar que el nombrado es oriundo de la República Dominicana y que su situación migratoria y de permanencia en el país es irregular; tal circunstancia se desprende del informe elaborado por personal de la Dirección Nacional de Migraciones en donde se destaca que le ha sido denegada la residencia en el país (ver fs.

44/45); lo cual denota un arraigo precario e incide de manera directa contra su pretensión.

De igual modo, habrá de considerarse cuanto surge del informe de fs. 108/110, en tanto el nombrado registra una Fecha de firma: 19/06/2017 Alta en sistema: 21/06/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.B., JUEZ DE...

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