Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA V, 6 de Abril de 2016, expediente CNT 052314/2010/CA001

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2016
EmisorSALA V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA V Expte. Nº CNT 52314/82010/CA1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 33120 AUTOS: “FURCHINI NORMA ALEJANDRA C/ SYLECI S.A. Y OTROS S/

DESPIDO” (JUZGADO Nº 47)

Buenos Aires, 6 de abril de 2.016.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por el perito contador a fs.

338/vta. (concedido a fs. 345), por considerar reducidos los honorarios regulados a su favor en la sentencia definitiva dictada a fs. 334/37.

Y CONSIDERANDO:

Atendiendo a la naturaleza, mérito y extensión de las tareas desarrolladas por el experto (fs. 231, 262, 293, 302/05vta.), estímase que la regulación cuestionada no luce reducida, motivo por el cual se confirmará en esta instancia (conf. art. 38 L.O. y Dec.- Ley 16638/57).

Por todo ello el TRIBUNAL

RESUELVE:

I) Confirmar la regulación de honorarios apelada.

II) Regístrese, notifíquese, cúmplase con el art. 1 de la ley 26.856 Acordadas C.S.J.N. 15/13 punto 4 y 24/13 y devuélvase.

Se deja...

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